Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061115)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

21011

4. L
 as inscripciones en el RGIAJ por la causa prevista en el Apartado 1 comunicadas a la
Comunidad Autónoma de Extremadura conllevarán la imposibilidad de participar en todos
aquellos juegos y/o acceder a todos aquellos establecimientos en los que se haya establecido un control de acceso que requiera la identificación de los participantes, además de
cuantos otros efectos determine la normativa autonómica de aplicación. De acuerdo con lo
anterior, dichas inscripciones sólo podrán ser modificadas o canceladas del registro autonómico de prohibidos por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. L
 a Comunidad Autónoma de Extremadura promoverá que las personas inscritas en su
registro autonómico con anterioridad a la entrada en vigor de este Convenio conozcan la
posibilidad de extender su inscripción en el registro autonómico de prohibidos también al
RGIAJ, a cuyo efecto informará, por la vía que considere más oportuna, sobre los trámites
necesarios para proceder de ese modo, con plena conformidad con la normativa vigente.
6. L
 a Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a que las solicitudes de inscripción utilizando el formulario oficial de la DGOJ para inscribirse en el RGIAJ que reciba en su
sede electrónica o en sus dependencias físicas se remitan a la DGOJ utilizando el sistema
de interconexión de registros (SIR) y no a través de la Plataforma de Intermediación. Estas
solicitudes no serán vinculadas con una eventual inscripción en el registro autonómico de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, al ser solicitudes de inscripción directa en el RGIAJ
por haber utilizado el formulario oficial de la DGOJ.
Cuarta. Compromisos de ambas partes.
La DGOJ y la Comunidad Autónoma de Extremadura se comprometen a:
1. Adscribir a la ejecución del Convenio los medios humanos y técnicos necesarios para el
correcto funcionamiento del sistema. A estos efectos, ambas partes realizarán el seguimiento de las incidencias que pudieran producirse, coordinándose a través de la Comisión
de Seguimiento para su resolución.
2. La custodia de las evidencias de las comunicaciones intercambiadas.
3. L
 a comunicación de las modificaciones normativas que afecten a los respectivos registros
de interdicciones de acceso al juego y de los distintos formularios habilitados.
4. L
 os datos comunicados entre la DGOJ y la Comunidad Autónoma de Extremadura a consecuencia de la ejecución de los compromisos contenidos en este convenio darán lugar a la
práctica de oficio y sin coste para el solicitante de la correspondiente anotación en el RGIAJ
o en el registro autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.