Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061115)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada
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NÚMERO 65
21008
Martes 4 de abril de 2023
juego de las CCAA que hayan suscrito un convenio de colaboración de acuerdo con el marco
referido darán igualmente traslado a la autoridad encargada de la regulación del juego de las
inscripciones, modificaciones y cancelaciones practicadas en sus correspondientes registros.
III
Que el Ministro de Consumo actúa de acuerdo con las competencias que en materia de juego
se atribuyen al Ministerio de Consumo en virtud del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y del Real Decreto 495/2020, de 28
de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo y
se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Que la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública actúa según
nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 17/2019 de 1 de julio de 2019 por el que
se crea la Vicepresidencia Primera de la Junta de Extremadura, se le asignan funciones y se
dispone el nombramiento (DOE núm. 126 de 2 de julio de 2019).
IV
En virtud de cuanto se ha venido señalando, y de conformidad ambas partes en que se lleve a
cabo el reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los registros de interdicciones
de acceso al juego de ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previo
cumplimiento de las formalidades contempladas en los artículos 47 y siguientes de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones dictadas en su desarrollo, vienen a suscribir el presente Convenio de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un mecanismo de colaboración entre
los correspondientes registros de interdicciones de acceso al juego de ámbito estatal y de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que permita el reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en cada uno de ellos mediante la oportuna transmisión de información, así
como la realización de los desarrollos informáticos necesarios para lograr este fin.
Este convenio tiene por finalidad la consecución de un modelo de protección óptimo dirigido
a la ciudadanía, en el marco del reconocimiento mutuo de las singularidades regulatorias del
Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (en adelante, RGIAJ) y del registro
autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el respeto y valo-
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Martes 4 de abril de 2023
juego de las CCAA que hayan suscrito un convenio de colaboración de acuerdo con el marco
referido darán igualmente traslado a la autoridad encargada de la regulación del juego de las
inscripciones, modificaciones y cancelaciones practicadas en sus correspondientes registros.
III
Que el Ministro de Consumo actúa de acuerdo con las competencias que en materia de juego
se atribuyen al Ministerio de Consumo en virtud del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y del Real Decreto 495/2020, de 28
de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo y
se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Que la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública actúa según
nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 17/2019 de 1 de julio de 2019 por el que
se crea la Vicepresidencia Primera de la Junta de Extremadura, se le asignan funciones y se
dispone el nombramiento (DOE núm. 126 de 2 de julio de 2019).
IV
En virtud de cuanto se ha venido señalando, y de conformidad ambas partes en que se lleve a
cabo el reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los registros de interdicciones
de acceso al juego de ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previo
cumplimiento de las formalidades contempladas en los artículos 47 y siguientes de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones dictadas en su desarrollo, vienen a suscribir el presente Convenio de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un mecanismo de colaboración entre
los correspondientes registros de interdicciones de acceso al juego de ámbito estatal y de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que permita el reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en cada uno de ellos mediante la oportuna transmisión de información, así
como la realización de los desarrollos informáticos necesarios para lograr este fin.
Este convenio tiene por finalidad la consecución de un modelo de protección óptimo dirigido
a la ciudadanía, en el marco del reconocimiento mutuo de las singularidades regulatorias del
Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (en adelante, RGIAJ) y del registro
autonómico de prohibidos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el respeto y valo-