Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061118)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de grado básico de oferta obligatoria completa en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023-2024.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023
21030
Octavo. Resolución del procedimiento de admisión de solicitantes al primer curso de
ciclos formativos de grado básico.
1. Finalizados los periodos de presentación de solicitudes previstos en el resuelvo vigesimoprimero de la presente resolución, y analizada la documentación aportada, el Consejo Escolar de cada centro docente público y la persona titular, en el caso de los centros privados
concertados, publicará en el tablón de anuncios del centro la relación provisional de todos
las personas solicitantes, tanto admitidas como excluidas, con indicación de todas las circunstancias aportadas en la solicitud en relación con los requisitos de acceso y criterios de
prioridad, siguiendo los modelos establecidos en el anexo III para la oferta obligatoria y en
el anexo IV para personas de al menos 18 años.
2. P
ublicada la relación provisional, las personas solicitantes podrán, siguiendo el modelo del
anexo V, en el periodo de reclamaciones que se establece en el resuelvo vigesimoprimero
de esta resolución, presentar en el centro donde realizaron la solicitud, o por correo electrónico del centro de solicitud, las alegaciones que estimen convenientes, teniendo en cuenta
que en otro momento ya no será posible hacerlo. Durante este periodo se podrá aportar el
documento del consejo orientador o solicitar su consulta en el expediente presentando la
reclamación correspondiente. Igualmente, cualquier otra documentación pertinente.
3. Transcurrido dicho plazo, el Consejo Escolar en los centros docentes públicos, o la persona
titular de los privados concertados, procederá a estudiar y valorar las alegaciones que, en
su caso, se hayan presentado y publicará en el tablón de anuncios del centro la relación
definitiva de todas las personas, tanto admitidas como excluidas, con indicación de todos
los requisitos de acceso aportados y los correspondientes criterios de prioridad (anexo III
y anexo IV).
4. E
sta información, que ya no podrá ser modificada, será la que la aplicación informática
utilizará para realizar la adjudicación. En la adjudicación se generarán listas ordenadas de
aspirantes con indicación de su situación, que estarán disponibles en las Delegaciones Provinciales y en los centros educativos.
5. L
a dirección de los centros comunicará la adjudicación provisional y la definitiva de los
puestos escolares de acuerdo con el calendario que figura en el resuelvo vigesimoprimero
mediante su publicación en el tablón de anuncios de cada centro. Dicha publicación servirá
de notificación a las personas interesadas, y contendrá una lista con datos pormenorizados
de las admitidas (anexo VI) y otra lista para las no admitidas a la primera opción indicando
en este último caso, si procede, el centro y ciclo asignado en opción diferente de la primera
(anexo VII).
Martes 4 de abril de 2023
21030
Octavo. Resolución del procedimiento de admisión de solicitantes al primer curso de
ciclos formativos de grado básico.
1. Finalizados los periodos de presentación de solicitudes previstos en el resuelvo vigesimoprimero de la presente resolución, y analizada la documentación aportada, el Consejo Escolar de cada centro docente público y la persona titular, en el caso de los centros privados
concertados, publicará en el tablón de anuncios del centro la relación provisional de todos
las personas solicitantes, tanto admitidas como excluidas, con indicación de todas las circunstancias aportadas en la solicitud en relación con los requisitos de acceso y criterios de
prioridad, siguiendo los modelos establecidos en el anexo III para la oferta obligatoria y en
el anexo IV para personas de al menos 18 años.
2. P
ublicada la relación provisional, las personas solicitantes podrán, siguiendo el modelo del
anexo V, en el periodo de reclamaciones que se establece en el resuelvo vigesimoprimero
de esta resolución, presentar en el centro donde realizaron la solicitud, o por correo electrónico del centro de solicitud, las alegaciones que estimen convenientes, teniendo en cuenta
que en otro momento ya no será posible hacerlo. Durante este periodo se podrá aportar el
documento del consejo orientador o solicitar su consulta en el expediente presentando la
reclamación correspondiente. Igualmente, cualquier otra documentación pertinente.
3. Transcurrido dicho plazo, el Consejo Escolar en los centros docentes públicos, o la persona
titular de los privados concertados, procederá a estudiar y valorar las alegaciones que, en
su caso, se hayan presentado y publicará en el tablón de anuncios del centro la relación
definitiva de todas las personas, tanto admitidas como excluidas, con indicación de todos
los requisitos de acceso aportados y los correspondientes criterios de prioridad (anexo III
y anexo IV).
4. E
sta información, que ya no podrá ser modificada, será la que la aplicación informática
utilizará para realizar la adjudicación. En la adjudicación se generarán listas ordenadas de
aspirantes con indicación de su situación, que estarán disponibles en las Delegaciones Provinciales y en los centros educativos.
5. L
a dirección de los centros comunicará la adjudicación provisional y la definitiva de los
puestos escolares de acuerdo con el calendario que figura en el resuelvo vigesimoprimero
mediante su publicación en el tablón de anuncios de cada centro. Dicha publicación servirá
de notificación a las personas interesadas, y contendrá una lista con datos pormenorizados
de las admitidas (anexo VI) y otra lista para las no admitidas a la primera opción indicando
en este último caso, si procede, el centro y ciclo asignado en opción diferente de la primera
(anexo VII).