Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2023061118)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Consejera, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de grado básico de oferta obligatoria completa en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023-2024.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

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de solicitudes podrán presentarlo durante los días destinados a la presentación de reclamaciones a las listas provisionales de datos de solicitantes si desean solventar esta
situación. En caso contrario, la solicitud quedará desestimada en su participación al
proceso.
c) La presentación de la solicitud, conlleva la autorización expresa para que la Administración educativa recabe el historial académico del último curso de ESO cursado en
2022/2023, salvo que conste oposición expresa manifestada en la solicitud para que la
Administración Educativa lo recabe de los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela en cuyo caso deberá aportar certificación académica del último curso de
ESO cursado en 2022/2023, con las notas obtenidas en la evaluación ordinaria de junio.
d) Si la persona interesada otorga su consentimiento, la Consejería de Educación y Empleo
recabará de oficio la información que acredite la condición de discapacidad si el reconocimiento del grado de discapacidad fue efectuado por los órganos correspondientes
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (CADEX), INSS u órgano equivalente. En
caso de que la persona interesada no otorgara su consentimiento, la condición de discapacidad del alumnado se acreditará mediante certificado del grado de discapacidad,
expedido por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura o
equivalente de cualquier otra comunidad autónoma o país de procedencia o, en su caso
certificación emitida por el I.N.S.S. o equivalente para clases pasivas para las situaciones previstas en el precitado artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre.
e) A
 creditación de la condición de deportista de alto rendimiento. Deberá aportarse certificación del dictamen emitido por el órgano público competente.
f) La presentación de la solicitud, conlleva la autorización expresa para que la Administración educativa recabe la información académica del programa Rayuela, salvo que conste
oposición expresa manifestada en la solicitud para que la Administración Educativa la
recabe de los registros automatizados del sistema de gestión Rayuela en cuyo caso deberá aportar certificación académica completa de los estudios de la ESO realizados.
2. P
 ara las personas aspirantes de al menos 18 de años, además de la documentación prevista
en el punto 1, en el caso de ser necesaria:
a) Declaración responsable según anexo II en la que manifiesta que no está en posesión
de un título de Formación Profesional de grado medio o grado superior o de cualquier
otro título que acredite la finalización de cualquier título de enseñanza secundaria postobligatoria.