Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061098)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de una superficie de 16,06 ha de olivar en el paraje "Las Zafrillas", ubicado en la parcela 87, del polígono 48", del término municipal de Don Benito (Badajoz), cuya promotora es Hermanos Cidoncha Martin de Prado, SC. Expte.: IA22/0906.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023
21106
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
La fase de ejecución ya se ha llevado a cabo, motivo por el cual no puede ser valorada
la posible afección al patrimonio arqueológico no inventariado que pudiera haberse encontrado en esta fase.
No obstante, no se tiene constancia de la presencia de yacimientos arqueológicos en la
zona de actuación.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
Con relación a las posibles vías pecuarias existentes en el territorio de realización del
proyecto, no coincide el trazado de ninguna con los límites de las actuaciones proyectadas. Igualmente, no se prevé ninguna afección a montes de utilidad pública.
3.3.10. Consumo de recursos y cambio climático.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo agrícola leñoso,
se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al consolidarse la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua. Las aguas subterráneas
para el riego proceden de un sondeo, el volumen solicitado en la Concesión de aguas
subterráneas, con n.º de expediente 44/2015, asciende a 23.267,33 m3/año. Las dotaciones del cultivo de olivar se establecen con un valor de 1.446,07 m3/ha-año.
Al tratarse de una detracción de agua subterránea, la disponibilidad de este recurso
será menor, con lo que se verá afectado su disponibilidad, pero con la implantación de
las medidas preventivas y correctoras pertinentes, y partiendo del principio de no abuso
y con el sistema de riego diseñado, las afecciones se minimizan y no se compromete la
viabilidad futura del mismo.
3.3.11. Población y medio socioeconómico.
Respecto a estos factores, el impacto se considera positivo por la generación de empleo
y de la actividad económica. Efectivamente, una hectárea promedio de secano emplea
sólo 0,037 unidades de trabajo agrario (UTA, equivalente al trabajo generado por una
persona en un año), mientras que una hectárea de regadío necesita 0,141 UTA. Por
tanto, se contribuirá a asentar la población e incrementar la renta media. Cabe destacar
que el regadío no solo supone una renta más alta para los agricultores, sino también
que esta sea más segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que per-
Martes 4 de abril de 2023
21106
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
La fase de ejecución ya se ha llevado a cabo, motivo por el cual no puede ser valorada
la posible afección al patrimonio arqueológico no inventariado que pudiera haberse encontrado en esta fase.
No obstante, no se tiene constancia de la presencia de yacimientos arqueológicos en la
zona de actuación.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
Con relación a las posibles vías pecuarias existentes en el territorio de realización del
proyecto, no coincide el trazado de ninguna con los límites de las actuaciones proyectadas. Igualmente, no se prevé ninguna afección a montes de utilidad pública.
3.3.10. Consumo de recursos y cambio climático.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo agrícola leñoso,
se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al consolidarse la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua. Las aguas subterráneas
para el riego proceden de un sondeo, el volumen solicitado en la Concesión de aguas
subterráneas, con n.º de expediente 44/2015, asciende a 23.267,33 m3/año. Las dotaciones del cultivo de olivar se establecen con un valor de 1.446,07 m3/ha-año.
Al tratarse de una detracción de agua subterránea, la disponibilidad de este recurso
será menor, con lo que se verá afectado su disponibilidad, pero con la implantación de
las medidas preventivas y correctoras pertinentes, y partiendo del principio de no abuso
y con el sistema de riego diseñado, las afecciones se minimizan y no se compromete la
viabilidad futura del mismo.
3.3.11. Población y medio socioeconómico.
Respecto a estos factores, el impacto se considera positivo por la generación de empleo
y de la actividad económica. Efectivamente, una hectárea promedio de secano emplea
sólo 0,037 unidades de trabajo agrario (UTA, equivalente al trabajo generado por una
persona en un año), mientras que una hectárea de regadío necesita 0,141 UTA. Por
tanto, se contribuirá a asentar la población e incrementar la renta media. Cabe destacar
que el regadío no solo supone una renta más alta para los agricultores, sino también
que esta sea más segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que per-