Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Edición. Ayudas. (2023061127)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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Lunes 3 de abril de 2023

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la puntuación adecuada, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en
función de los criterios de valoración previstos en la misma.
En este supuesto, si se renunciase a la subvención por alguna de las empresas beneficiarias,
el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de
la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquéllas en orden de su puntuación,
siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios existiera crédito
adecuado y suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
El Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes como órgano concedente de la subvención, comunicará esta opción a los interesados, a fin de que acepten la
propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez aceptada la propuesta por parte de los solicitantes, el órgano correspondiente dictará el acto de concesión
y procederá a su notificación.
5. E
 l plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses desde la publicación de esta
convocatoria y del extracto a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 30/2003, de 17
de noviembre General de Subvenciones. La falta de resolución expresa dentro del plazo
máximo para resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud
por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. S
 i en el plazo de los diez días siguientes a la publicación de la resolución de la subvención
los beneficiarios no manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la
misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones
establecidas.
7. E
 l plazo mencionado en el punto anterior será también para formular las posibles renuncias
expresas, ya que si éstas se produjeran con posterioridad, no habría lugar a la concesión
de la subvención a las siguientes empresas en orden de puntuación, según lo establecido
en el punto 4 de este apartado.
8. E
 n el caso de que la renuncia expresa se produjera con posterioridad al plazo establecido,
el beneficiario no podrá presentarse a estas ayudas en la convocatoria siguiente.
Decimoquinto. Obligaciones de los beneficiarios.
1. F
 acilitar cuantas actuaciones de comprobación se efectúen por la Secretaría General de
Cultura. Asimismo, estas ayudas quedarán sometidas al control financiero establecido en
el artículo 50 la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.