Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061092)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en regadío para explotación de especies leñosas de naturaleza forestal en terrenos de la Dehesa Boyal de Herrera del Duque (Badajoz)". Expte.: IA21/0887.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023
20227
— La plantación de alcornoques y pino piñonero y la siembra de aromáticas, todo ello
con riego, entendiendo que son actuaciones y especies forestales, que pueden mejorar su arraigo, crecimiento y producción con el aporte de agua, en dosis adecuadas.
Respecto a la puesta en riego, siendo cierto que regímenes hídricos elevados y continuos suponen asfixia y muerte del arbolado, considera que los actuales métodos
de riego, optimizando el gasto de agua, permiten la compatibilidad y en todo caso
se debe controlar la afección, disminuyendo o anulando el aporte en las zonas donde
se observe decaimiento del arbolado, tanto del arbolado preexistente como de la
plantación.
Concluye el informe indicando que, en todo caso, además de respetar las zonas de reserva indicadas por el promotor y controlar la afección del riego en las especies forestales,
deben cumplirse una serie de medidas y/o condiciones para compatibilizar el proyecto
con los valores forestales existentes.
Por último, al respecto de la condición de comunal del monte sobre el que se plantea
el proyecto, se significa que el artículo 12 de la vigente Ley de Montes indica que los
montes comunales, pertenecientes a las entidades locales, en tanto su aprovechamiento corresponda al común de los vecinos, son montes demaniales e integran el dominio
público forestal. Así, si la Dehesa Boyal de Herrera del Duque es demanial, se necesitaría un sistema de explotación que asegurara el mantenimiento de esta característica,
o bien la desafección del mismo, conforme a la normativa vigente. Es decir, se debe
proceder a la desafección del demanio forestal del terreno que se va a dedicar a cultivo
agrícola (puesto que va a dejar de ser terreno forestal, aunque siga perteneciendo a la
finca o monte comunal) y adoptar para el resto de superficie un sistema de explotación
que permita que el aprovechamiento corresponda al común de los vecinos o, en caso
contrario, proceder también a la desafección.
7. L
a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, remite
informe con fecha 5 de noviembre de 2021, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio
público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía; sobre la existencia o
inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas; y sobre
la seguridad de presas y balsas, en el que hacen las siguientes indicaciones en el ámbito
de sus competencias:
7.1. Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: Las infraestructuras contempladas en el proyecto afectarían a los cauces del río Guadiana (embalse de García
de Sola), regato del Ángel, arroyo del Consoli, arroyo del Pilar y un tributario, y
arroyo del Toril y dos tributarios; que constituye el DPH del Estado, definido en el
Viernes 31 de marzo de 2023
20227
— La plantación de alcornoques y pino piñonero y la siembra de aromáticas, todo ello
con riego, entendiendo que son actuaciones y especies forestales, que pueden mejorar su arraigo, crecimiento y producción con el aporte de agua, en dosis adecuadas.
Respecto a la puesta en riego, siendo cierto que regímenes hídricos elevados y continuos suponen asfixia y muerte del arbolado, considera que los actuales métodos
de riego, optimizando el gasto de agua, permiten la compatibilidad y en todo caso
se debe controlar la afección, disminuyendo o anulando el aporte en las zonas donde
se observe decaimiento del arbolado, tanto del arbolado preexistente como de la
plantación.
Concluye el informe indicando que, en todo caso, además de respetar las zonas de reserva indicadas por el promotor y controlar la afección del riego en las especies forestales,
deben cumplirse una serie de medidas y/o condiciones para compatibilizar el proyecto
con los valores forestales existentes.
Por último, al respecto de la condición de comunal del monte sobre el que se plantea
el proyecto, se significa que el artículo 12 de la vigente Ley de Montes indica que los
montes comunales, pertenecientes a las entidades locales, en tanto su aprovechamiento corresponda al común de los vecinos, son montes demaniales e integran el dominio
público forestal. Así, si la Dehesa Boyal de Herrera del Duque es demanial, se necesitaría un sistema de explotación que asegurara el mantenimiento de esta característica,
o bien la desafección del mismo, conforme a la normativa vigente. Es decir, se debe
proceder a la desafección del demanio forestal del terreno que se va a dedicar a cultivo
agrícola (puesto que va a dejar de ser terreno forestal, aunque siga perteneciendo a la
finca o monte comunal) y adoptar para el resto de superficie un sistema de explotación
que permita que el aprovechamiento corresponda al común de los vecinos o, en caso
contrario, proceder también a la desafección.
7. L
a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, remite
informe con fecha 5 de noviembre de 2021, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio
público hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía; sobre la existencia o
inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas; y sobre
la seguridad de presas y balsas, en el que hacen las siguientes indicaciones en el ámbito
de sus competencias:
7.1. Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: Las infraestructuras contempladas en el proyecto afectarían a los cauces del río Guadiana (embalse de García
de Sola), regato del Ángel, arroyo del Consoli, arroyo del Pilar y un tributario, y
arroyo del Toril y dos tributarios; que constituye el DPH del Estado, definido en el