Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061092)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en regadío para explotación de especies leñosas de naturaleza forestal en terrenos de la Dehesa Boyal de Herrera del Duque (Badajoz)". Expte.: IA21/0887.
73 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023

20226

aguas para riegos; medidas para reducir la fragmentación del medio fluvial; y medidas
para disminuir la eutrofización en el embalse de García Sola.
5. Con fecha 15 de octubre de 2021, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales perteneciente a la Dirección General de Política Forestal emite informe en el que
se indica que las parcelas objeto de consulta no se encuentran afectadas por incendio
forestal según el Registro de Áreas Incendiadas del Servicio de Prevención y Extinción
de Incendios Forestales, ni existe ninguna coordenada de incendio en la base de datos
de la Estadística General de Incendios Forestales que esté incluida en las parcelas solicitadas.
Asimismo, informa que la zona objeto de proyecto se encuentra en Zona de Alto Riesgo
(ZAR) Siberia, definida para la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de
incendios forestales.
Por último, establece una serie de medidas preventivas y correctoras derivadas de la
normativa sectorial.
6. Con fecha 27 de octubre de 2021, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal perteneciente a la Dirección General de Política Forestal emite informe (C21060142) en el que
considera que parte de las actuaciones (plantación de almendro y nogal pecano) serían
cambio de uso de suelo forestal a agrícola, dado que se trata de cultivos leñosos permanentes, siendo de aplicación el Decreto 57/2018 de 15 de mayo, por el que se regulan
los cambios de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Respecto al resto de actuaciones proyectadas, considera que la plantación de pino piñonero y alcornoque, al tratarse de especies arbóreas forestales, compatibles con la
estación, permiten la renovación y mantenimiento de la masa forestal, y consiguientemente del carácter forestal del terreno. La siembra de aromáticas también permite el
mantenimiento del carácter forestal. Sin embargo, estas actuaciones no las entiende
ligadas a la regeneración de la dehesa.
Visto lo anterior, el informe considera asumible la afección forestal de las actuaciones
solicitadas, informando favorablemente:


— El cambio de cultivo de las superficies de almendro y nogal pecano, aunque respetando todas las encinas existentes, ya que aunque su presencia pueda suponer molestias y pérdidas desde un punto de vista meramente productivo, se considera que son
asumibles por los beneficios ambientales que también aportan y que su existencia es
compatible con el cultivo.