Presidencia De La Junta. Cooperación Internacional. (2023010004)
Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura.
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NÚMERO 63

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Viernes 31 de marzo de 2023

El V y último capítulo contempla los recursos y financiación necesarios para el despliegue de la
política pública de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Finaliza la ley con una disposición adicional sobre contratación pública socialmente responsable y otra sobre subvenciones y ayudas de cooperación para el desarrollo y solidaridad
internacional, dos disposiciones transitorias destinadas al régimen transitorio del Consejo
Asesor de Cooperación y del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una disposición derogatoria del marco jurídico
vigente hasta la entrada en vigor de éste y tres disposiciones finales, la primera, que atiende
a la necesidad de adaptación del título V de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura; la segunda, que habilita al Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura para el desarrollo reglamentario y se establece el plazo máximo
para llevarlo a cabo, y la tercera, de entrada en vigor de esta ley.
IV
Por último, la presente ley se aprueba de acuerdo con el Consejo de Estado.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y definición.
1. E
 l objeto de la presente ley es establecer y regular, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el régimen jurídico aplicable en materia de cooperación para el desarrollo y
solidaridad internacional.
2. S
 e integran dentro de la política pública de cooperación para el desarrollo y solidaridad
internacional de la Junta de Extremadura el conjunto de actuaciones, recursos y capacidades que la Comunidad Autónoma de Extremadura pone a disposición del desarrollo global,
humano y sostenible, con el fin de erradicar la pobreza y las desigualdades, la defensa y
protección de los derechos humanos, la construcción de la paz, la atención a la emergencia
climática y los feminismos como máxima expresión de la igualdad.
3. L
 a política pública de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional de la Junta
de Extremadura comprende todas las actuaciones enmarcadas en el sistema de cooperación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previsto en el artículo 6 de la presente
ley, esto es, cooperación internacional para el desarrollo, acción humanitaria, educación
para la ciudadanía global y la transformación social y formación, investigación e innovación
para el desarrollo.