Presidencia De La Junta. Cooperación Internacional. (2023010004)
Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023

19929

c. Informar a la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo sobre
la participación del personal a su servicio en actuaciones de cooperación promovidas o
autorizadas por las Administraciones públicas extremeñas.
4. E
 n relación con la coherencia de políticas para el desarrollo sostenible, a la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo le corresponden las siguientes
atribuciones:
a. Emitir los informes que se estimen pertinentes sobre planes y actuaciones de las consejerías y organismos dependientes o vinculados de la Junta de Extremadura que pudieran
tener incidencia en el desarrollo de los países socios de la cooperación extremeña.
b. Emitir los informes que se estimen pertinentes sobre las donaciones o aportaciones en
especie que las consejerías y organismos dependientes o vinculados de la Junta de Extremadura destinen a los países socios de la cooperación extremeña.
c. Emitir los informes que se estimen pertinentes sobre la participación en actuaciones
de cooperación del personal al servicio de las consejerías y organismos dependientes o
vinculados de la Junta de Extremadura.
d. P
 articipar en aquellos órganos interdepartamentales en los que se aborden temas vinculados con la coherencia de políticas para el desarrollo sostenible que afecten directamente al desarrollo de los países socios de la cooperación extremeña.
5. L
 as Administraciones públicas extremeñas promoverán acciones para la sensibilización y
formación dirigidas al personal a su servicio con el fin de fomentar la coherencia de políticas para el desarrollo sostenible.
Artículo 16. Los agentes.
1. L
 as actuaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura requieren de la participación,
la articulación y el intercambio con agentes diversos, de naturaleza local, regional, nacional
y transnacional. Por ello, el conjunto de agentes de cooperación internacional para el desarrollo comprende a aquellos actores que participan en la construcción y el desarrollo de
la política pública de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional, en la que
tienen cabida y participan como reflejo de la heterogeneidad de la sociedad extremeña,
desempeñando un papel definido en función de sus capacidades, características y responsabilidades en los diferentes espacios de participación previstos en esta ley.