Presidencia De La Junta. Cooperación Internacional. (2023010004)
Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023

19928

4. S
 us fines y objetivos, así como su estructura, composición y funcionamiento quedarán
establecidos reglamentariamente. La composición del Consejo garantizará la representación equilibrada entre hombres y mujeres conforme a la normativa vigente en materia de
igualdad.
Artículo 15. Coherencia de políticas para el desarrollo sostenible.
1. La coherencia de políticas para el desarrollo sostenible es entendida como el conjunto de
actuaciones para afrontar colectivamente los desafíos del desarrollo. Ésta obliga a prestar atención al conjunto de políticas públicas que impactan en los procesos de desarrollo,
asumiendo un compromiso global y transversal con la promoción del desarrollo humano
sostenible.
2. L
 e corresponde al Consejo Superior de Cooperación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de coherencia de políticas para el desarrollo sostenible:
a. Impulsar la coherencia de todas las políticas de gobierno con el desarrollo humano y la
sostenibilidad, de manera que no se produzcan o se reduzcan los posibles efectos negativos de dichas políticas con relación al objeto de esta ley.
b. I nformar periódicamente al Consejo Extremeño de Cooperación de las actuaciones realizadas en materia de coherencia de políticas para el desarrollo sostenible, en particular
en los ámbitos de la acción exterior, y de las actuaciones orientadas al desarrollo sostenible definidas en esta ley.
c. Informar sobre los recursos computables como la Ayuda Oficial al Desarrollo, así como
otras formas de apoyo y financiación contempladas en el Apoyo Oficial Total para el Desarrollo Sostenible, conforme a lo establecido por la Organización para la Cooperación y
el Desarrollo Económico.
3. L
 as consejerías y organismos dependientes o vinculados de la Junta de Extremadura deben
cumplir las siguientes medidas:
a. Informar a la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo de
los planes y actuaciones que lleven a cabo y que puedan tener incidencia en los países
socios de la cooperación extremeña.
b. I nformar a la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo sobre
las donaciones o aportaciones en especie que se destinen a los países socios de la cooperación extremeña.