Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023050074)
Orden de 27 de marzo de 2023 por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 62
Jueves 30 de marzo de 2023

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de entidades o empresas públicas que estén acreditadas y/o inscritas para impartir dicha
formación, en los términos indicados en el artículo 6.5 de esta orden.
3. D
 e forma complementaria a lo anterior, podrá programarse la ejecución de acciones formativas específicas y de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, que
por su carácter innovador, de mayor especialización o por su finalidad en la búsqueda de
productos y herramientas innovadores relacionados con la formación profesional, persigan
intervenir en la formación desde una perspectiva diferente, buscando nuevas fórmulas más
eficaces y más eficientes, asociadas a la ejecución de itinerarios personalizados de formación para la mejora de las competencias profesionales y empleabilidad de las personas
destinatarias.
4. E
 n las acciones formativas que formen parte de la oferta formativa para personas trabajadoras desempleadas, podrán participar personas ocupadas en un porcentaje no superior al
30 por ciento del total de participantes programados. A tal efecto, la consideración como
personas trabajadoras ocupadas o desempleadas vendrá determinada por la situación laboral en que se hallen al inicio de la formación.
Artículo 8. Programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo.
1. E
 l Servicio Extremeño Público de Empleo incluirá en su oferta preferente las acciones
formativas dirigidas a cubrir las necesidades formativas de las personas trabajadoras desempleadas, detectadas en los itinerarios personalizados de inserción y en las ofertas de
empleo, así como en los informes de prospección de necesidades formativas, garantizando
la idoneidad de los contenidos formativos a impartir y procurando una distribución equilibrada de las acciones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
 as acciones formativas previstas en este programa podrán incluir actuaciones que complementen la actividad formativa y podrán estar orientadas al fomento del autoempleo y de la
economía social, así como contemplar la realización de prácticas profesionales no laborales
en empresas y compromisos de contratación, en los términos previstos en esta orden y en
la normativa estatal de aplicación.
Artículo 9. Programa de acciones formativas específicas y programa de cualificación
para completar la formación de participantes en el procedimiento de evaluación y
acreditación de las competencias profesionales.
1. E
 l programa de acciones formativas específicas tiene como finalidad promover la igualdad
de oportunidades de acceso al mercado de trabajo, de acuerdo con un itinerario personalizado de formación, e irán dirigidas a colectivos o grupos de personas con necesidades