Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023050074)
Orden de 27 de marzo de 2023 por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 62
Jueves 30 de marzo de 2023

19566

De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional décima de la Ley 30/2015, de 9 de
septiembre, en estos supuestos, el Servicio Extremeño Público de Empleo podrá anticipar
hasta el 100 por ciento de las ayudas concedidas.
6. D
 e conformidad con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre,
en el seguimiento de los fondos procedentes de los presupuestos generales del estado será
de aplicación la Estrategia Española de Activación para el Empleo vigente en cada momento, aplicándose en la ejecución de dichos fondos las condiciones de gestión, información y
publicidad aprobadas por los Ministerios con competencias en materia de formación profesional para el empleo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de
26 de noviembre, General Presupuestaria.
SECCIÓN 2.ª GESTIÓN DE LA OFERTA FORMATIVA
Artículo 7. Programas de formación profesional para el empleo.
1. L
 a oferta formativa de la Consejería de Educación y Empleo y el Servicio Extremeño Público
de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas se desarrollará mediante los
siguientes programas:
a) Programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigida a cubrir las necesidades formativas detectadas en
los itinerarios personalizados de inserción, en las ofertas de empleo y en los informes
de prospección, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) P
 rograma de acciones formativas específicas para personas con necesidades formativas
especiales o que tengan especiales dificultades de inserción o recualificación profesional.
c) Programas de cualificación para completar la formación de participantes en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
d) Programa de acciones formativas con compromisos de contratación.
Estos programas deberán implementarse de acuerdo con los ejes prioritarios contenidos
en el Plan de Modernización de la Formación Profesional y en la Estrategia de Empleo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. A
 demás de dicha oferta, la Consejería de Educación y Empleo y el Servicio Extremeño
Público de Empleo aprobará, con carácter anual o plurianual, las programaciones de acciones formativas a ejecutar directamente a través de centros de la red pública de formación
profesional, de centros propios acreditados para impartir formación profesional o través