Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023050074)
Orden de 27 de marzo de 2023 por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 62
Jueves 30 de marzo de 2023
19557
materia de empleo. De acuerdo con lo previsto en el artículo 3.2 b) de dicha Ley 7/2001, de
14 de junio, la elaboración de las disposiciones de carácter general que afecten al Servicio
Extremeño Público de Empleo corresponde a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de empleo.
El artículo 4 f) de los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, aprobados por
Decreto 26/2009, de 27 de febrero, atribuye al citado organismo autónomo, en el marco de
la gestión de los programas y medidas de políticas activas de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la función de gestión de la formación profesional para
el empleo, que favorezca la inserción laboral de las personas desempleadas y la cualificación
profesional de personas desempleadas y ocupadas. El artículo 10 de los citados Estatutos atribuye a la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo la gestión de acciones
formativas para personas desempleadas y acciones de formación a lo largo de la vida laboral
para personas ocupadas, cuyo diseño y planificación corresponde a la Dirección General de
Formación Profesional y Formación para el Empleo, así como la gestión en materia de Certificados de Profesionalidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya
planificación corresponde a la Dirección General de Formación Profesional y Formación para
el Empleo.
En relación con lo anterior, por Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se modifica el Decreto 26/2009,
de 27 de febrero, se atribuyen a la Dirección General de Formación Profesional y Formación
para el Empleo de la citada Consejería, el diseño y planificación de acciones formativas para
personas desempleadas y acciones de formación a lo largo de la vida laboral para personas
ocupadas, la planificación en materia de Certificados de Profesionalidad en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, indicando que a dicha Dirección General le compete
la coordinación con los órganos gestores responsables de otros programas que se aprueben
por el resto de Consejerías sobre tales materias.
Por otra parte, el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de abril,
para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura prevé que las
bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por orden de la persona titular de la
consejería correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos vinculados,
previo informe de la Abogacía General y de la Intervención General.
La Estrategia de Empleo de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura declara
que la formación para el empleo es un instrumento básico de las políticas activas de empleo
que sirve como complemento a la formación que se ofrece en el ámbito educativo, al objeto
de capacitar a las personas para el trabajo y actualizar sus competencias y conocimientos a
Jueves 30 de marzo de 2023
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materia de empleo. De acuerdo con lo previsto en el artículo 3.2 b) de dicha Ley 7/2001, de
14 de junio, la elaboración de las disposiciones de carácter general que afecten al Servicio
Extremeño Público de Empleo corresponde a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de empleo.
El artículo 4 f) de los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, aprobados por
Decreto 26/2009, de 27 de febrero, atribuye al citado organismo autónomo, en el marco de
la gestión de los programas y medidas de políticas activas de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la función de gestión de la formación profesional para
el empleo, que favorezca la inserción laboral de las personas desempleadas y la cualificación
profesional de personas desempleadas y ocupadas. El artículo 10 de los citados Estatutos atribuye a la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo la gestión de acciones
formativas para personas desempleadas y acciones de formación a lo largo de la vida laboral
para personas ocupadas, cuyo diseño y planificación corresponde a la Dirección General de
Formación Profesional y Formación para el Empleo, así como la gestión en materia de Certificados de Profesionalidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya
planificación corresponde a la Dirección General de Formación Profesional y Formación para
el Empleo.
En relación con lo anterior, por Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se modifica el Decreto 26/2009,
de 27 de febrero, se atribuyen a la Dirección General de Formación Profesional y Formación
para el Empleo de la citada Consejería, el diseño y planificación de acciones formativas para
personas desempleadas y acciones de formación a lo largo de la vida laboral para personas
ocupadas, la planificación en materia de Certificados de Profesionalidad en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, indicando que a dicha Dirección General le compete
la coordinación con los órganos gestores responsables de otros programas que se aprueben
por el resto de Consejerías sobre tales materias.
Por otra parte, el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de abril,
para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura prevé que las
bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por orden de la persona titular de la
consejería correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos vinculados,
previo informe de la Abogacía General y de la Intervención General.
La Estrategia de Empleo de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura declara
que la formación para el empleo es un instrumento básico de las políticas activas de empleo
que sirve como complemento a la formación que se ofrece en el ámbito educativo, al objeto
de capacitar a las personas para el trabajo y actualizar sus competencias y conocimientos a