Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061049)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Comercio General de la Provincia de Badajoz".
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023
19112
En el caso de no establecerse el festivo local en el periodo de ferias, se cerrará la tarde del
sábado de la semana de fiestas establecidas por el ayuntamiento en cada localidad del calendario oficial de ferias.
En el caso que el festivo local en el periodo de ferias coincida en sábado o en lunes, se cerrara la tarde anterior laboral a la víspera del festivo establecido por el ayuntamiento en cada
localidad.
Los trabajadores/as que hayan prestado trabajo efectivo en las ferias y fiestas, disfrutaran de
un día de descanso que tendrá que coincidir con un sábado, dentro del año natural.
Para aquellos trabajadores/as que no trabajen los sábados, el día de descanso tendrá que
coincidir con un lunes.
Indemnizaciones.
Todas las empresas afectadas a este Convenio dispondrán de una póliza de accidente individual o colectivo que cubra las contingencias de muerte e invalidez permanente con las
siguientes cuantías.
Año 2023.
— Gran Invalidez: 24.127.82 €.
— Invalidez Permanente Absoluta: 24.127.82 €.
— Invalidez Permanente Total: 24.127.82 €.
— Invalidez Permanente Parcial: 9.651.14 €.
— Muerte por Accidente: 26.576.25 €.
— Muerte Natural: 7.274 €.
Licencias Retribuidas.
Todas las licencias retribuidas contempladas en el presente artículo se les otorgarán a aquellas parejas de hecho que conformen una unidad familiar.
Todas las licencias reconocidas en este artículo se contarán como trabajo efectivo.
a) Los trabajadores/as disfrutaran de veinte días naturales de permiso retribuido en caso
de contraer matrimonio.
Martes 28 de marzo de 2023
19112
En el caso de no establecerse el festivo local en el periodo de ferias, se cerrará la tarde del
sábado de la semana de fiestas establecidas por el ayuntamiento en cada localidad del calendario oficial de ferias.
En el caso que el festivo local en el periodo de ferias coincida en sábado o en lunes, se cerrara la tarde anterior laboral a la víspera del festivo establecido por el ayuntamiento en cada
localidad.
Los trabajadores/as que hayan prestado trabajo efectivo en las ferias y fiestas, disfrutaran de
un día de descanso que tendrá que coincidir con un sábado, dentro del año natural.
Para aquellos trabajadores/as que no trabajen los sábados, el día de descanso tendrá que
coincidir con un lunes.
Indemnizaciones.
Todas las empresas afectadas a este Convenio dispondrán de una póliza de accidente individual o colectivo que cubra las contingencias de muerte e invalidez permanente con las
siguientes cuantías.
Año 2023.
— Gran Invalidez: 24.127.82 €.
— Invalidez Permanente Absoluta: 24.127.82 €.
— Invalidez Permanente Total: 24.127.82 €.
— Invalidez Permanente Parcial: 9.651.14 €.
— Muerte por Accidente: 26.576.25 €.
— Muerte Natural: 7.274 €.
Licencias Retribuidas.
Todas las licencias retribuidas contempladas en el presente artículo se les otorgarán a aquellas parejas de hecho que conformen una unidad familiar.
Todas las licencias reconocidas en este artículo se contarán como trabajo efectivo.
a) Los trabajadores/as disfrutaran de veinte días naturales de permiso retribuido en caso
de contraer matrimonio.