Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061049)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Comercio General de la Provincia de Badajoz".
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023
19058
se refiere en el artículo 16 de la Ley 31/1995, que puedan afectar a la salud de las trabajadoras o del feto, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de
la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la mencionada Ley.
9. Mutuas.
La elección de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se hará con
la participación y el consenso de los representantes de los trabajadores. El marco de discusión podrá ser a través del Comité de Seguridad y Salud, los delegados/as de prevención
o el Comité de Empresa.
10. Medio Ambiente.
Las partes firmantes del presente Convenio consideran necesario actuar de forma responsable y respetuosa con el medio ambiente, prestando atención a los intereses y preocupaciones de la sociedad. Asimismo, se comprometen a poner en marcha actuaciones encaminadas a mejorar la gestión ambiental a través de la puesta en marcha de buenas prácticas
y un comportamiento adecuado: reciclaje de papel, uso de sustancias tóxicas, recogida y
recuperación de residuos, ahorro de agua, energía.
11. Acoso Laboral.
Las partes firmantes, reconocen que los comportamientos que puedan entrañar acoso son
perjudiciales, no solamente para las personas directamente afectadas, sino también para
el entorno global de la empresa, y son conscientes de que la persona que se considere
afectada tiene derecho, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales, a solicitar
a la empresa una actuación mediadora y de resolución del conflicto.
Cualquier situación de acoso ocurrida dentro del ámbito laboral podrá ser objeto de denuncia por parte de la persona acosada, los representantes de los trabajadores o cualquiera
que sea conocedora de los hechos.
Las partes firmantes de este Convenio se comprometen a desarrollar actuaciones en caso
de un acoso moral, sexual o por razón de sexo, que permita abrir cauces de investigación y
asesoramiento de la/as personas afectadas, así como cuantas medidas legales sean necesarias para evitar que se produzcan tales actos. En todos estos procesos debe asegurarse
la participación de la representación legal de los trabajadores que exista en la empresa.
Artículo 43. Medidas de protección integral contra la violencia de género.
Reducción de jornada: La persona trabajadora víctima de violencia de género o de terrorismo
tendrá derecho a una reducción de jornada. Será derecho del trabajador/a determinar en
cuánto reduce su jornada y elegir el horario de trabajo que más le convenga.
Martes 28 de marzo de 2023
19058
se refiere en el artículo 16 de la Ley 31/1995, que puedan afectar a la salud de las trabajadoras o del feto, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de
la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la mencionada Ley.
9. Mutuas.
La elección de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se hará con
la participación y el consenso de los representantes de los trabajadores. El marco de discusión podrá ser a través del Comité de Seguridad y Salud, los delegados/as de prevención
o el Comité de Empresa.
10. Medio Ambiente.
Las partes firmantes del presente Convenio consideran necesario actuar de forma responsable y respetuosa con el medio ambiente, prestando atención a los intereses y preocupaciones de la sociedad. Asimismo, se comprometen a poner en marcha actuaciones encaminadas a mejorar la gestión ambiental a través de la puesta en marcha de buenas prácticas
y un comportamiento adecuado: reciclaje de papel, uso de sustancias tóxicas, recogida y
recuperación de residuos, ahorro de agua, energía.
11. Acoso Laboral.
Las partes firmantes, reconocen que los comportamientos que puedan entrañar acoso son
perjudiciales, no solamente para las personas directamente afectadas, sino también para
el entorno global de la empresa, y son conscientes de que la persona que se considere
afectada tiene derecho, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales, a solicitar
a la empresa una actuación mediadora y de resolución del conflicto.
Cualquier situación de acoso ocurrida dentro del ámbito laboral podrá ser objeto de denuncia por parte de la persona acosada, los representantes de los trabajadores o cualquiera
que sea conocedora de los hechos.
Las partes firmantes de este Convenio se comprometen a desarrollar actuaciones en caso
de un acoso moral, sexual o por razón de sexo, que permita abrir cauces de investigación y
asesoramiento de la/as personas afectadas, así como cuantas medidas legales sean necesarias para evitar que se produzcan tales actos. En todos estos procesos debe asegurarse
la participación de la representación legal de los trabajadores que exista en la empresa.
Artículo 43. Medidas de protección integral contra la violencia de género.
Reducción de jornada: La persona trabajadora víctima de violencia de género o de terrorismo
tendrá derecho a una reducción de jornada. Será derecho del trabajador/a determinar en
cuánto reduce su jornada y elegir el horario de trabajo que más le convenga.