Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060994)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación para producción forestal en el monte Piornal", en el término municipal de Piornal (Cáceres). Expte.: IA20/0554.
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023



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5. Si durante la realización de las actividades o durante la fase de funcionamiento se
detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) y/o
en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo
Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero) que pudiera verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por el personal técnico
de la Dirección General de Sostenibilidad en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y/o los Agentes del Medio Natural, previa comunicación de tal
circunstancia.

6. 
Todos los aprovechamientos o actividades se realizarán cumpliendo el Decreto
134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores
de Extremadura, y en todo caso respetando las limitaciones y los períodos establecidos en la normativa sectorial aplicable, especialmente la forestal, la ambiental y la
de incendios.


7. Deberán cumplirse las medidas de autoprotección en lugares vulnerables, en el caso
de existir edificaciones, construcciones o instalaciones correspondientes a viviendas,
infraestructuras menores, depósitos de combustible, equipamientos de radiocomunicaciones y otras construcciones o elementos singulares fijos con riesgo de provocar
o verse afectados por incendios forestales.



8. Deberá cumplirse la totalidad de la normativa referida a la prevención (Plan PREIFEX), como la referida a la lucha y extinción de incendios forestales en la Comunidad
Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).

9. En relación con los cerramientos, resulta aplicable el Decreto 226/2013, de 3 de
diciembre por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y
reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la comunidad autónoma de Extremadura.


10. Deberá aplicarse toda la normativa relativa a ruidos. Se cumplirá la normativa al
respecto, entre la que se encuentra el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura, la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido y el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se
desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.