Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060994)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación para producción forestal en el monte Piornal", en el término municipal de Piornal (Cáceres). Expte.: IA20/0554.
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NÚMERO 60

19159

Martes 28 de marzo de 2023

actual, reduciendo su densidad hasta que ésta sea compatible con la nueva plantación.
Asimismo, muestra su disconformidad con la argumentación esgrimida en cuanto a la
preservación del robledal por tener las características de maduro, ya que, tal y como
muestran los datos del inventario incluido en el EsIA, se actúa sobre cobertura forestal
deficiente, sobre zonas de robledal joven, mal formado o sobre zonas donde el roble se
encuentra en estado sanitario dudoso.
En respuesta a las consideraciones presentadas por el promotor, se recibe nuevo informe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal perteneciente a la Dirección General
de Política Forestal con fecha 21 de septiembre de 2022, en el que se indican las siguientes consideraciones sobre las subzonas de actuación 1.1, 1.2, 1.3, 2.2, 2.3, 3.1,
3.2, 4.2 y 4.6 (mientras que para el resto de zonas, el solicitante se atendrá a lo informado anteriormente):


— De manera reiterada la legislación forestal hace alusión a la multifuncionalidad del
monte y la búsqueda de equilibrios entre sus funciones ecológicas, económicas y
sociales.



— Las actuaciones solicitadas para su autorización no suponen un cambio de uso forestal (artículo 266.3 de la Ley Agraria de Extremadura), sino que se enmarcan dentro
de una modificación sustancial de la cubierta vegetal.



— La Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio, tiene la potestad para autorizar un cambio de especie
forestal en los casos establecidos reglamentariamente de modificación sustancial de
la cubierta vegetal (Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la
realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias
Forestales y de Montes Protectores de Extremadura).



— En el Plan forestal de Extremadura se establece un orden de prioridad que pretende
establecer las prevalencias entre los diversos usos del monte y que se analiza para
el presente proyecto:
ORDEN DE PRIORIDAD

GRADO DE AFECCIÓN
1. Funciones ecológicas
1.1. Protección

A) Contra inundaciones

No afecta

B) Contra la erosión

Baja afección (Se propone actuación por fajas)

C) De márgenes

No afecta