Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060994)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación para producción forestal en el monte Piornal", en el término municipal de Piornal (Cáceres). Expte.: IA20/0554.
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NÚMERO 60

19145

Martes 28 de marzo de 2023

RELACIÓN DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife)

-

Asociación para la Defensa de la Naturaleza y de los Recursos de
Extremadura (ADENEX)

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fechas 16 de diciembre de 2021 y 21 de enero de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad remite al promotor el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como
resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones Públicas
afectadas y personas interesadas, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para
su consideración, en su caso, en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto
ambiental.
Con fecha 20 de enero de 2023, el promotor presenta la solicitud de inicio de evaluación
de impacto ambiental ordinaria del proyecto, junto con el documento técnico del proyecto
y la versión definitiva del estudio de impacto ambiental, en cumplimiento del artículo 69
de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas, incorporando al EsIA las principales medidas propuestas en los
informes y alegaciones que figuran en el apartado B. Asimismo, en el apartado 13. Resumen del estudio y conclusiones del EsIA, se concluye que el proyecto no produce afección
significativa el medio ambiente, siempre y cuando se cumpla con el condicionado técnico
de los informes recibidos.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto de referencia, con toda la información hasta aquí
recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.