Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060889)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y el Colegio Oficial de Podólogos de Extremadura para el Desarrollo del Programa "Oncopie" en el marco de la prevención activa de las patologías del pie en el paciente oncológico en Extremadura.
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NÚMERO 59
18674
Lunes 27 de marzo de 2023
Tercera. Precio de los servicios.
La primera consulta para el paciente oncológico será gratuita, abonando por cada consulta adicional que precise, la cantidad de 25€. El monto máximo que el paciente abonará, en el caso de que
precisara de esas cuatro consultas, será de 75 €. Los costes del programa soportados por el paciente, dependiendo de la cantidad de consultas que necesite, se resumen en la siguiente tabla:
N.º de consultas totales
Precio por consulta
Coste total a abonar según
n.º de consultas realizadas
1
0€
0€
2
25€
25€
3
25€
50€
4
25€
75€
El número máximo de consultas que se estima necesario para paliar este síndrome es de
cuatro; no obstante, en el hipotético caso de que el paciente requiriera un número superior,
le será indicado por el podólogo interviniente, el cual estará obligado a informar de su coste,
con carácter previo a su realización.
Cuarta. Derechos y deberes de los pacientes oncológicos usuarios del programa.
El paciente oncológico usuario del Programa tendrá derecho a elegir libremente el podólogo
que desee dentro de los que están adscritos al mismo.
La asistencia a una primera consulta no le obliga a completar las sucesivas, pudiendo así
mismo, mantener o abandonar las consultas previstas en el protocolo de aplicación en el momento que estime conveniente.
El paciente usuario del Programa estará obligado a abonar las consultas a las que asista en
virtud de la tarifa de precios estipulados en la Cláusula Tercera.
Quinta. Plazo de vigencia.
El presente convenio tendrá una duración de un año desde su firma. En cualquier momento
anterior a la finalización de este plazo los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.
Sexta. Financiación.
La firma de este convenio no implica ningún coste económico para el Servicio Extremeño de
Salud, no suponiendo ningún tipo de gasto añadido al que ya es asumido por el organismo
autónomo para el desarrollo de su actividad cotidiana.
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Lunes 27 de marzo de 2023
Tercera. Precio de los servicios.
La primera consulta para el paciente oncológico será gratuita, abonando por cada consulta adicional que precise, la cantidad de 25€. El monto máximo que el paciente abonará, en el caso de que
precisara de esas cuatro consultas, será de 75 €. Los costes del programa soportados por el paciente, dependiendo de la cantidad de consultas que necesite, se resumen en la siguiente tabla:
N.º de consultas totales
Precio por consulta
Coste total a abonar según
n.º de consultas realizadas
1
0€
0€
2
25€
25€
3
25€
50€
4
25€
75€
El número máximo de consultas que se estima necesario para paliar este síndrome es de
cuatro; no obstante, en el hipotético caso de que el paciente requiriera un número superior,
le será indicado por el podólogo interviniente, el cual estará obligado a informar de su coste,
con carácter previo a su realización.
Cuarta. Derechos y deberes de los pacientes oncológicos usuarios del programa.
El paciente oncológico usuario del Programa tendrá derecho a elegir libremente el podólogo
que desee dentro de los que están adscritos al mismo.
La asistencia a una primera consulta no le obliga a completar las sucesivas, pudiendo así
mismo, mantener o abandonar las consultas previstas en el protocolo de aplicación en el momento que estime conveniente.
El paciente usuario del Programa estará obligado a abonar las consultas a las que asista en
virtud de la tarifa de precios estipulados en la Cláusula Tercera.
Quinta. Plazo de vigencia.
El presente convenio tendrá una duración de un año desde su firma. En cualquier momento
anterior a la finalización de este plazo los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.
Sexta. Financiación.
La firma de este convenio no implica ningún coste económico para el Servicio Extremeño de
Salud, no suponiendo ningún tipo de gasto añadido al que ya es asumido por el organismo
autónomo para el desarrollo de su actividad cotidiana.