Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Recursos Humanos. (2023061016)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos adscritos al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023
18130
La movilidad señalada se articulará por medio de las figuras previstas en el artículo 17
de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, desarrolladas a nivel del CICYTEX en el Decreto 95/2022 de 20 de julio, siendo concretamente las
siguientes:
• Adscripción: Por medio de esta figura se podrá adscribir a personal de investigación del
CICYTEX a otros agentes de investigación tanto públicos como privados para el desarrollo
de trabajos de investigación en tales entidades. Dicha adscripción tendrá una duración
que no podrá exceder de 3 años prorrogables hasta un máximo de 5 años. Durante dicho
periodo la persona que disfrute de la adscripción conservará su situación administrativa
en el CICYTEX.
• Excedencias temporales: El personal de investigación con una antigüedad mínima de 2
años podrá solicitar una excedencia temporal para incorporarse a otros centros de investigación por tiempo máximo de 5 años, previa formalización de un Convenio entre el centro de destino y el CICYTEX. Durante el periodo de disfrute de la excedencia la persona
interesada no percibirá retribuciones de su puesto de procedencia, si bien tendrá derecho
a la reserva del mismo, así como al cómputo de dicho periodo a efectos de antigüedad.
• Estancias formativas: El personal de investigación podrá realizar estancias formativas
en centros de investigación nacionales e internacionales con mantenimiento de retribuciones, siempre que la formación esté directamente relacionada con la actividad de
investigación desarrollada en el CICYTEX. Tales estancias no podrán tener una duración
acumulada superior a 2 años en un periodo de 5 años.
• Prestación de servicios en sociedad mercantiles: El personal de investigación podrá ser
autorizado para la prestación de servicios en sociedades mercantiles participadas por el
CICYTEX, de forma que resulte compatible con la labor desarrollada en el ente público.
La aplicación de estas figuras de movilidad se efectuará previa solicitud de la persona interesada conforme al procedimiento previsto en el Capítulo V del Decreto 95/2022 de 20
de julio.
7.4. Actuaciones en materia de jubilación.
Revisión de las situaciones de prolongación en el servicio activo para el personal de investigación que alcance la edad de jubilación forzosa.
Las previsiones en cuanto al número de jubilaciones del personal de investigación del CICYTEX que tendrá lugar en los próximos años constituye un escenario idóneo para redefinir
los criterios que serán seguidos desde el CICYTEX para afrontar las eventuales situaciones
Viernes 24 de marzo de 2023
18130
La movilidad señalada se articulará por medio de las figuras previstas en el artículo 17
de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, desarrolladas a nivel del CICYTEX en el Decreto 95/2022 de 20 de julio, siendo concretamente las
siguientes:
• Adscripción: Por medio de esta figura se podrá adscribir a personal de investigación del
CICYTEX a otros agentes de investigación tanto públicos como privados para el desarrollo
de trabajos de investigación en tales entidades. Dicha adscripción tendrá una duración
que no podrá exceder de 3 años prorrogables hasta un máximo de 5 años. Durante dicho
periodo la persona que disfrute de la adscripción conservará su situación administrativa
en el CICYTEX.
• Excedencias temporales: El personal de investigación con una antigüedad mínima de 2
años podrá solicitar una excedencia temporal para incorporarse a otros centros de investigación por tiempo máximo de 5 años, previa formalización de un Convenio entre el centro de destino y el CICYTEX. Durante el periodo de disfrute de la excedencia la persona
interesada no percibirá retribuciones de su puesto de procedencia, si bien tendrá derecho
a la reserva del mismo, así como al cómputo de dicho periodo a efectos de antigüedad.
• Estancias formativas: El personal de investigación podrá realizar estancias formativas
en centros de investigación nacionales e internacionales con mantenimiento de retribuciones, siempre que la formación esté directamente relacionada con la actividad de
investigación desarrollada en el CICYTEX. Tales estancias no podrán tener una duración
acumulada superior a 2 años en un periodo de 5 años.
• Prestación de servicios en sociedad mercantiles: El personal de investigación podrá ser
autorizado para la prestación de servicios en sociedades mercantiles participadas por el
CICYTEX, de forma que resulte compatible con la labor desarrollada en el ente público.
La aplicación de estas figuras de movilidad se efectuará previa solicitud de la persona interesada conforme al procedimiento previsto en el Capítulo V del Decreto 95/2022 de 20
de julio.
7.4. Actuaciones en materia de jubilación.
Revisión de las situaciones de prolongación en el servicio activo para el personal de investigación que alcance la edad de jubilación forzosa.
Las previsiones en cuanto al número de jubilaciones del personal de investigación del CICYTEX que tendrá lugar en los próximos años constituye un escenario idóneo para redefinir
los criterios que serán seguidos desde el CICYTEX para afrontar las eventuales situaciones