Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Recursos Humanos. (2023061016)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos adscritos al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023

18131

de prolongación en el servicio activo que sean solicitadas por aquellos que alcancen la edad
de jubilación forzosa en los términos previstos en el artículo 85.4 de la Ley 13/2015, de 8
de abril.
La investigación es un ámbito que experimenta constante cambio y evolución, requiriendo
de perfiles con una capacidad de adaptación, de forma que resulten productivos y necesarios para la organización y para el desarrollo de las nuevas líneas de investigación que son
creadas para responder a los avances de conocimientos sobre la materia correspondiente.
Conjugar la experiencia y bagaje profesional inherente al personal cercano a la jubilación
con la innovación, flexibilidad e iniciativa más propio del personal que inicia su andadura
en la investigación se erige como la pieza clave para garantizar que el CICYTEX cuente
con un adecuado relevo generacional que permita continuar con los proyectos y líneas de
investigación de interés para el ente público y para la sociedad a la que sirve.
Esta conjugación de perfiles pasa por delimitar correctamente aquél personal cuya experiencia sigue resultando necesaria para la organización y para la formación de los
más jóvenes, con aquellos que demandan un relevo mediante la incorporación de personal joven que implemente un nuevo enfoque o metodología en el área de investigación
correspondiente.
Con base en lo expuesto, desde la entrada en vigor de este Plan, con carácter general
se declarará de oficio en jubilación forzosa al personal funcionario de investigación del
CICYTEX que alcance la edad legalmente establecida. No obstante lo anterior, con carácter extraordinario y previa solicitud del interesado, se podrá acordar la prolongación del
servicio activo del personal de investigación en el que concurran razones organizativas
que demanden la continuación de sus trabajos, por resultar de interés para las líneas de
investigación que en ese momento se encuentren desarrollando en el área de investigación
de pertenencia.
Las solicitudes de prolongación en el servicio activo serán informadas por una comisión
que actuará bajo criterios de objetividad, imparcialidad y transparencia. El informe deberá
motivar, en su caso, las razones organizativas extraordinarias que fundamenten la procedencia de la prolongación. Dicho informe, que no tendrá carácter vinculante, será remitido
al órgano competente para resolver sobre la prolongación.
El procedimiento y composición de la comisión de valoración será equiparable al previsto
para la adquisición de la condición de investigador emérito en el Capítulo IX del Decreto
95/2022, de 20 de julio.