Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060936)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "LMT 15/20 kV desde SE "El Cerezo", en el término municipal de Monesterio, hasta El Coronel, en el término municipal de Montemolín, para la doble alimentación a la población de Montemolín (Badajoz)", a realizar en los términos municipales de Monesterio y Montemolín (Badajoz), cuyo promotor es Distribuidora Eléctrica Monesterio, SL. Expte.: IA22/0519.
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023

18320

según establece la vigente Legislación de Aguas, y en particular las actividades mencionadas en el artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.


— En caso de realización de captaciones de aguas públicas deberán disponer de la
correspondiente autorización, cuyo otorgamiento corresponde a la Confederación
Hidrográfica del Guadiana.



— En el caso de que se produzcan aguas residuales procedentes de vestuarios o de otras
instalaciones deberán contar con la preceptiva autorización de vertido, de acuerdo
con la vigente Legislación de Aguas, y en particular con el artículo 245 y siguientes
del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.



— Se llevará a cabo una gestión adecuada de los residuos, tanto sólidos como líquidos.
Las superficies sobre las que se dispongan los residuos serán totalmente impermeables para evitar afección a las aguas subterráneas.



— Se deberán tomar medidas para evitar el aporte de sólidos a los cauces procedentes
de la remoción de los materiales durante la fase de construcción y posterior arrastre
pluvial.



— En el paso de todos los cursos de agua y vaguadas por los caminos y viales que puedan verse afectados, se deberán respetar sus capacidades hidráulicas y no se llevará
a cabo ninguna actuación que pueda afectar negativamente a la calidad de las aguas.

b) Protección del suelo y la geomorfología.


— No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la presente evaluación.
No se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones ni compactaciones
fuera de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las instalaciones.



— Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y la afección a la vegetación se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras antes del
inicio de las mismas. Las áreas situadas fuera de las zonas delimitadas como zona de
afección se considerarán zonas restringidas al paso y movimiento de la maquinaria.



— Se utilizarán, siempre que sea posible, los caminos y accesos que existen en la
actualidad, evitando la apertura de otros nuevos. Si esto no fuera posible, los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias,
puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.



— Los viales y caminos se diseñarán en tierra o zahorra de colores y materiales similares a los de la zona, evitándose asfaltados y hormigonados.