Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060989)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) denominado Almendral", cuya promotora es Transportes José Miguel y Juan Manuel, SL, en el término municipal de Almendral (Badajoz). Expte.: IA21/0310.
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NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

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pliría los criterios técnicos, ambientales y económicos que un proyecto de estas características requiere: recurso natural adecuado, cercanía a la zona de obras, morfología que
facilita tanto la explotación como la posterior restauración, no se encuentra bajo ningún
tipo de protección urbanística ni ambiental, la vegetación de la misma es escasa, por lo
que es fácil restituir tras el proceso de restauración.
Por tanto, se considera que la solución descrita en el proyecto es la más viable desde el
punto de vista técnico y ambiental y la que mejor se acerca a las necesidades extractivas
del promotor
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
— Sobre la Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Con fecha 2 de agosto de 2021, el SECONAP de la Dirección General de Sostenibilidad
informa que la actividad no se encuentra incluida dentro de espacios de la Red Natura
2000 (Directiva “de Aves” 2009/147/CE y Directiva “de Hábitats” 92/43/CEE) y que no
se considera que la actividad pueda tener repercusiones significativas sobre especies
protegidas siempre que se cumplan las medidas contempladas en su informe, las cuales
se recogen en el condicionado ambiental. El proyecto se realiza a 4.000 m de la ZEC
“Rivera de los Limonetes – Nogales” (ES4310032).
— Sobre el sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El ámbito de actuación pertenece a la Cuenca Hidrográfica del Guadiana. Los cursos de
agua más cercanos a la zona de explotación proyectada son la Rivera de Chicaspiernas
a 515 m al oeste, y el arroyo de La Nava, a 100 m al este, por lo que no existe ningún
curso de agua que discurra por el interior de la parcela solicitada para la extracción.
En cuanto a las aguas subterráneas, la cota del hueco de extracción proyectado quedará
a 297 msnm, a más de un metro por encima del nivel de la lámina de agua del arroyo
colindante, para prevenir así el afloramiento en superficie del nivel freático y evitar el
riesgo potencial de contaminación.
Por todo ello, las principales afecciones se deberán a posibles vertidos, bien directos,
procedentes de la maquinaria, como indirectos, consecuencia del arrastre de sustancias
contaminantes o de partículas hacia los cursos de agua, como consecuencia de su vertido sobre el suelo.
Por otra parte, aunque por el sistema de explotación-restauración previsto no se prevé
la producción de vertidos, no obstante, se adoptarán las medidas preventivas oportunas
para evitarlos.