Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2023050064)
Orden de 17 de marzo de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas de comedor escolar del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos.
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NÚMERO 57

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Jueves 23 de marzo de 2023

encarecimiento de los alimentos; y c) el objeto de la financiación está vinculado a la finalidad
pública de garantizar la sostenibilidad económica de las familias.
En lo que se refiere a la cuestión del procedimiento de concesión, se opta por el sistema de
concesión directa, mediante convocatoria, prevista en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
La aplicación del régimen de ayudas de referencia está sujeta a plazo determinado de vigencia.
En este sentido, su finalidad se ajusta a la situación de crisis sanitaria y económica provocada
por los efectos de la pandemia de Covid-19 y el panorama de ralentización de la economía,
con el aumento de la inflación de precios, en un contexto de incertidumbre, en el escenario
socio económico europeo a raíz del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, a lo que se une la
inestabilidad en el mercado de la energía, así como las dificultades en garantizar el suministro energético en los próximos meses, factores todos ellos que inciden, de manera directa o
indirecta, en una caída de la actividad económica en todos los sectores.
En consecuencia, se estima que la implementación de la convocatoria para el período comprendido de enero a junio del curso escolar 2022/2023 permite alcanzar el objetivo que se
pretende con el régimen de ayudas, a expensas de la evolución que pueda darse en la inflación de los precios y, en particular, en el incremento del coste de la energía.
V
De conformidad con el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, corresponde
a la Comunidad Autónoma, las competencias de desarrollo normativo y ejecución de la educación y la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
Como principios rectores de los poderes públicos extremeños, señala el artículo 7 del Estatuto
de Autonomía, en su apartado 14, que los poderes públicos velarán por la especial protección
de aquellos sectores de población con especiales necesidades de cualquier tipo.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura establece en el apartado tercero
del artículo 33 que “La Junta de Extremadura podrá complementar el sistema estatal mediante becas del alumnado y ayudas a las familias con la finalidad de garantizar la igualdad de
todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación”.
El Decreto del presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación
y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye, a la Consejería de Educación y Empleo, la competencia de
desarrollo normativa y ejecución en materia de educación.