Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2023050064)
Orden de 17 de marzo de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas de comedor escolar del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 57
17673
Jueves 23 de marzo de 2023
El artículo 22.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que, excepcionalmente, cuando por la naturaleza o características de la subvención no sea posible su tramitación por el procedimiento de concurrencia
competitiva, podrá utilizarse el régimen de concesión directa mediante convocatoria pública,
en virtud del cual las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando
por las personas interesadas, en base a los requisitos o criterios establecidos en las bases
reguladoras, siempre que exista crédito presupuestario.
Por su parte, el artículo 29 del mencionado texto legal considera que, en virtud de este régimen excepcional de concesión directa por convocatoria pública, a que se refiere el apartado
segundo del artículo 22, podrán irse concediendo subvenciones conforme se vayan solicitando
por las personas interesadas, en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los
requisitos o criterios establecidos, siempre que exista crédito presupuestario en las aplicaciones y proyectos presupuestarios fijados en la convocatoria.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará por los padres, madres o tutores
legales por medios electrónicos o no.
El artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, dispone que las bases reguladoras de subvenciones se establecerán por decreto del presidente u orden del titular de la Consejería
correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas
vinculadas a la misma o dependientes de ella, previo informe de la Abogacía General y de la
Intervención General.
La presente orden se adecua a los principios de buena regulación contenidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en particular, a los principios de necesidad,
eficacia,
proporcionalidad,
seguridad
jurídica,
transparencia
y
eficiencia.
Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos y
entendiéndose que es el decreto el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
Por otra parte, las medidas contenidas en el mismo son adecuadas y proporcionadas a las necesidades que exigen su dictado, habiéndose constatado que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.
A su vez, como garantía del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa normativa se adopta de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo de certidumbre, que facilita su conocimiento y, en consecuencia, la actuación y toma de
decisiones. Responde al principio de transparencia con los trámites de publicación en el Portal
17673
Jueves 23 de marzo de 2023
El artículo 22.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que, excepcionalmente, cuando por la naturaleza o características de la subvención no sea posible su tramitación por el procedimiento de concurrencia
competitiva, podrá utilizarse el régimen de concesión directa mediante convocatoria pública,
en virtud del cual las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando
por las personas interesadas, en base a los requisitos o criterios establecidos en las bases
reguladoras, siempre que exista crédito presupuestario.
Por su parte, el artículo 29 del mencionado texto legal considera que, en virtud de este régimen excepcional de concesión directa por convocatoria pública, a que se refiere el apartado
segundo del artículo 22, podrán irse concediendo subvenciones conforme se vayan solicitando
por las personas interesadas, en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los
requisitos o criterios establecidos, siempre que exista crédito presupuestario en las aplicaciones y proyectos presupuestarios fijados en la convocatoria.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará por los padres, madres o tutores
legales por medios electrónicos o no.
El artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, dispone que las bases reguladoras de subvenciones se establecerán por decreto del presidente u orden del titular de la Consejería
correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas
vinculadas a la misma o dependientes de ella, previo informe de la Abogacía General y de la
Intervención General.
La presente orden se adecua a los principios de buena regulación contenidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en particular, a los principios de necesidad,
eficacia,
proporcionalidad,
seguridad
jurídica,
transparencia
y
eficiencia.
Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos y
entendiéndose que es el decreto el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
Por otra parte, las medidas contenidas en el mismo son adecuadas y proporcionadas a las necesidades que exigen su dictado, habiéndose constatado que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.
A su vez, como garantía del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa normativa se adopta de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo de certidumbre, que facilita su conocimiento y, en consecuencia, la actuación y toma de
decisiones. Responde al principio de transparencia con los trámites de publicación en el Portal