Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060987)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Parque acuático", cuya promotora es DAIMDON, SL, en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA22/0958.
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Miércoles 22 de marzo de 2023

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circulación o aparcamiento. No consta desafectación o autorización del titular de este
Dominio Público conforme a las determinaciones de la Ley 6/2015, de 24 de marzo,
Agraria de Extremadura.


3. Respecto a las obligaciones y deberes impuestos por el Ayuntamiento como titular de
competencias afectadas por la ejecución del proyecto.



En el expediente de licencia urbanística existe un informe de AQUANEX realizado a
petición del Ayuntamiento del Casar de Cáceres sobre la “Sostenibilidad y viabilidad
de abastecimiento al parque acuático de Casar de Cáceres”.

4. Se informe sobre la compatibilidad del uso pretendido con la conservación de las
características ambientales, edafológicas o los valores singulares del suelo recogidos
en las normas subsidiarias, y considerar el uso pretendido como autorizable.


Según la NNSSMM el parque acuático se sitúa en Suelo No urbanizable de Especial
Protección Ecológico-Paisajístico. Según la letra b, del apartado 2 de la disposición
transitoria segunda de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura, a la que se alude, el informe deberá emitirse por el “Organismo que tenga entre sus funciones la protección de los valores que
indujeron la inclusión del suelo en una concreta categoría”, no indica un pronunciamiento del organismo que propuso su inclusión. En este caso, los valores según las
NNSSMM son naturales: su interés ambiental, ecológico y paisajístico. Considerando
que le corresponden dichas funciones a la Dirección General de Sostenibilidad.



Por lo que, no puede considerarse a la administración local (Ayuntamiento de Casar
de Cáceres) el “organismo que tenga entre sus funciones la protección de los valores
que indujeron la inclusión del suelo en una concreta categoría”.



N
 o obstante, con fecha 8 de marzo de 2023 se publica en el Diario Oficial de Extremadura n.º 46 Resolución del Director General de Sostenibilidad formulando la Declaración Ambiental Estratégica (en adelante DAE) “Favorable” del Plan General Municipal
de Casar de Cáceres, concluyendo que “cumpliendo los requisitos ambientales que
se desprenden de la misma, no se producirán efectos ambientales significativos de
carácter negativo”.



El Plan General Municipal de Casar de Cáceres en tramitación (aprobado inicial y provisionalmente) clasifica el suelo objeto de informe como Suelo No Urbanizable Común
(Suelo Rústico), no incluyendo los terrenos en ninguna figura de protección.



La DAE establece expresamente en el apartado “a) Objeto del Plan General Municipal
de Casar de Cáceres” que: “… Los terrenos que objetivamente presentan un menor