Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contratación Centralizada. (2023040054)
Decreto 20/2023, de 15 de marzo, por el que se regula la contratación centralizada de obras, suministros y servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 55
Martes 21 de marzo de 2023

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d) Recabar del órgano directivo con competencias en materia de contratación centralizada cuantos estudios e informes estime oportunos relacionados con la contratación
centralizada.
e) Acordar la adhesión de cualesquiera entes del sector público al sistema de contratación
centralizada de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) Cuantas otras competencias pudieran serle atribuidas o le otorgue el ordenamiento jurídico en materia de contratación centralizada.
Artículo 5. Competencias atribuidas al órgano directivo con competencias en materia de contratación centralizada.
Al órgano directivo con competencias en materia de contratación centralizada se le atribuyen
las siguientes funciones:
a) Estudio y programación de las necesidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sus organismos públicos y demás entidades dependientes, en
relación con la contratación centralizada de obras, suministros y servicios, así como el
seguimiento y la evaluación de la gestión de dicha contratación.
b) Promover actuaciones que permitan alcanzar una mayor eficacia, uniformidad y funcionalidad en las obras, los suministros y los servicios necesarios para la Comunidad
Autónoma de Extremadura, sus organismos públicos y demás entidades dependientes
o vinculadas a la misma, realizando el estudio y la planificación de la contratación
centralizada.
c) 
Proponer a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda
las obras, suministros o servicios que se consideren susceptibles de contratación
centralizada.
d) Para los suministros, obras y servicios declarados de contratación centralizada, determinar el procedimiento a través del que realizará su contratación: acuerdo marco, sistema
dinámico de adquisición, o contrato centralizado.
e) Le compete la elaboración de los pliegos, gestión y tramitación administrativa de los
expedientes de contratación centralizada.
f) Realizar el análisis de las diferentes necesidades que afecten a unidades y centros de la
Administración autonómica que pueden ser susceptibles de centralización, con el objeto
de racionalizar el gasto público y simplificar los expedientes de contratación.