Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2023060594)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

17056

6. En el marco de las presentes ayudas cada entidad solicitante podrá presentar un único
proyecto. En el supuesto de presentación de varios proyectos en una misma solicitud, se
atenderá al proyecto que figure en primer lugar en la relación efectuada por la entidad
solicitante.
Noveno. Órganos competentes para la ordenación e instrucción del procedimiento.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Dirección
General del Instituto de la Juventud de Extremadura, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos
en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. Para la evaluación de las solicitudes de cada línea de ayudas se constituirá una Comisión
de Valoración, con la composición a que se refiere los ordinales decimoséptimo y vigesimotercero de la presente convocatoria, que emitirá un informe en el que se concretará el
resultado de la evaluación efectuada y que se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo dispuesto para los órganos colegiados en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. La persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, a
la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta
de resolución debidamente motivada, propuesta que no podrá separase del informe de la
Comisión.
4. Cuando el importe de la subvención concedida en la propuesta de resolución sea inferior al
que figura en la solicitud presentada, se podrá instar a la entidad beneficiaria la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
Una vez que la reformulación de la solicitud merezca la conformidad de la Comisión de
Valoración, se remitirá por la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, con todo lo actuado, al órgano competente para que dicte la resolución. En todo caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones
y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de
las solicitudes.
5. L
 as propuestas de resolución no crean derecho alguno a favor de la entidad beneficiaria
propuesta, frente a la Administración, mientras no se haya publicado la resolución de concesión de la forma establecida en el ordinal siguiente.