Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2023060594)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

17057

Décimo. Resolución del procedimiento. Medio de notificación de las subvenciones
concedidas. Recursos.
1. El órgano competente para resolución de las ayudas es la persona titular de la Presidencia
del Instituto de la Juventud de Extremadura, sin perjuicio de las fórmulas de desconcentración o delegación de competencias.
2. E
 l plazo máximo de resolución y notificación será de tres meses desde la publicación de la
presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura. Dicho plazo podrá suspenderse de acuerdo con lo previsto en
el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo máximo sin haberse publicado
resolución expresa del procedimiento en el Diario Oficial de Extremadura se podrán entender desestimadas las solicitudes de conformidad con el artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. La resolución, además de contener pronunciamiento expreso sobre la concesión o denegación de las ayudas, supondrá la aprobación de los proyectos o actuaciones subvencionadas
y por ende, de acuerdo con los cuales habrán de realizarse los mismos y a cuyo cumplimiento quedará condicionada la ayuda concedida.
4. 
La resolución de concesión de la subvención conllevará el compromiso de gasto
correspondiente.
5. L
 a resolución que se adopte será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo
dicha publicación los efectos propios de la notificación, de conformidad con lo establecido
en el artículo 45.1 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando, además, que pone fin
a la vía administrativa y que contra la misma cabe interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de la previa interposición del recurso potestativo de
reposición en el plazo de un mes desde dicha publicación ante el mismo órgano que dictó
la resolución y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Igualmente, y conforme a lo establecido en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, la resolución de concesión será publicada en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones, con indicación de la convocatoria, el programa