Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas. (2023050063)
Orden 15 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

16928

En el caso de las cooperativas de primer y segundo grado deberán cumplir, además, los
siguientes requisitos:


1º. T
 ener entre sus fines principales la comercialización en común de la producción de
sus socios y socias conforme a los Estatutos vigentes.



2º. Estar constituidas en un plazo al menos de dos años anteriores a la presentación de
la solicitud.

Una misma persona sólo podrá ser beneficiaria de ayudas por una misma actuación de
forma única para cada una de sus colmenas, bien a título individual, bien como integrante
de una cooperativa u organización representativa.
Artículo 5. Servicios de asesoramientos, asistencia técnica, formación, información
e intercambio de mejores prácticas, en particular mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores y apicultoras y organizaciones de apicultoras y
apicultores.
Se establecen las siguientes acciones subvencionables:
a) Contratación a jornada completa de personal técnico y especialistas desde el 1 de agosto
del año anterior al de la presentación de la solicitud al 31 de julio del año de presentación,
a excepción de la campaña 2023 que este periodo será el 1 de enero al 31 de julio de
dicha campaña, por cooperativas de primer y segundo grado para prestar información y
asistencia a apicultores y apicultoras y a miembros de agrupaciones de apicultoras y apicultores en aspectos de sanidad apícola, lucha contra agresiones de la colmena, análisis
de laboratorio (para el análisis de productos apícolas, la pérdida de abejas o las caídas de
la productividad, y de sustancias potencialmente tóxicas para las abejas como pesticidas),
cría y selección, incluyendo la cría de reinas, optimización ambiental de explotaciones y
asesoramiento global en producción y gestión apícola, sobre prácticas de manejo en materia de adaptación al cambio climático y en materia de comercialización de los productos
apícolas. La contratación de estos servicios podrá hacerse también a través de asistencias
técnicas con terceros, que se regirá por los principios y requisitos que en materia de moderación de costes establece el Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, y por el principio de
independencia y transparencia en la contratación. En ningún caso se incluirá apoyo directo
a las acciones mencionadas, que es objeto de otras líneas de la intervención.
El personal técnico contratado por las cooperativas de segundo grado se encargará de la
coordinación de la aplicación del tratamiento, así como de su seguimiento e incidencias en
su aplicación.