Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas. (2023050063)
Orden 15 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura.
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

16957

5. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado. Para asegurar lo anterior, la autoridad competente utilizará como modalidad de pago la presentación de justificantes por parte de las personas beneficiarias, estableciendo en cada convocatoria el importe máximo por acción, de acuerdo con los precios
normales de mercado. A dicho importe máximo se le aplicará el correspondiente porcentaje
de subvención establecido en la presente orden.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía que la legislación de Contratos del Sector Público establezca para el contrato menor, la persona beneficiaria deberá,
además, solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado
con anterioridad a la solicitud de la subvención.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se
realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente
la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Asimismo, y con la finalidad de cumplir con la obligación de verificar la moderación de todos
los costes presentados por las personas beneficiarias, la autoridad competente utilizará un
sistema de costes de referencia, que serán publicados en cada convocatoria y que garanticen que se reflejan los precios de mercado.
Sólo el IVA no recuperable será subvencionable, debiéndose presentar evidencias que demuestren, por parte de una auditoría legal o peritaje mercantil de la persona beneficiaria,
que dicho importe pagado no se ha recuperado, y que se consigna como un gasto en la
contabilidad de la persona beneficiaria.
Artículo 13. Incumplimiento y reintegro de las ayudas.
Será motivo de reintegro de las ayudas el incumplimiento de cualquiera de los requisitos que
motivaron el pago de la ayuda, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º
2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, así como la
concurrencia de las causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de que se detecte en cualquier control administrativo o sobre el terreno algún incumplimiento de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, se procederá al reintegro del importe de la subvención concedida, de acuerdo con el siguiente porcentaje
de incumplimiento:
— Si el incumplimiento fuera inferior al 10 % del importe concedido a la persona beneficiaria, éste deberá reintegrar una cantidad igual al importe afectado por el incumplimiento.