Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas. (2023050063)
Orden 15 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

16953

El incumplimiento de la obligación establecida en el párrafo anterior será causa de reintegro de la subvención, que se exigirá previa tramitación del correspondiente procedimiento.
Artículo 12. Justificaciones.
1. L
 a documentación correspondiente a la fase de justificación de las subvenciones podrá
presentarse, de forma telemática, a través de la plataforma ARADO, en el portal oficial de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura (https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login) o a través del Registro Electrónico
General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), así como a través de
cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a. de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
todo ello en virtud de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
2. Las personas beneficiarias de las ayudas presentarán ante el servicio gestor:
a) Las personas beneficiarias de las ayudas contempladas en el artículo 5 apartados a)
y b) presentarán copia de los contratos y de las nóminas del personal acogido a estas
ayudas, así como justificantes de gastos y acreditación de los pagos realizados entre
el 1 de agosto del año anterior de la presentación de la solicitud al 31 de julio del año
de presentación de la solicitud, excepto para la campaña 2023 que será el periodo
comprendido entre el 1 de enero al 31 de julio del año de presentación de la solicitud,
mediante la aportación de los originales o copia autentica de los justificantes o nóminas,
así como del recibo bancario acreditativo del pago.
Para la justificación del pago de la Seguridad Social, deberán presentar copia de la RLC
(relación de liquidación de cotizaciones) y RNT (relación nominal de trabajadores), así
como recibo bancario acreditativo del pago.
Deberán presentar, además, certificado de la persona que ostenta la representación
legal en el que haga constar que el personal técnico contratado se dedica a la asistencia
técnica en materia de sanidad apícola, manejo, reproducción y comercialización y gestión de explotaciones, así como que ha sido seleccionado de acuerdo con los principios
de mérito, capacidad y publicidad.
La ayuda se abonará en un único pago. Teniendo en cuenta las justificaciones presentadas hasta el 10 de septiembre.
Las personas beneficiarias de las ayudas contempladas en el artículo 5 apartado a)
que contraten a más de dos técnicos, deberán presentar además certificados de la miel