Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas. (2023050063)
Orden 15 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023



16945

— Asimismo, deberán aportar esta documentación aquellas personas jurídicas que soliciten la ayuda por primera vez o hayan realizado alguna modificación en sus Estatutos y/o en la representación legal con respecto a los indicados en la solicitud
presentada en años anteriores.



— Certificados de estar al corriente con Hacienda autonómica, con la Seguridad Social
y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el caso de que la persona
interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención para que el órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 12.8 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la
condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Declaración responsable de no ser beneficiaria de subvenciones o ayudas otorgadas
por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales,
para los mismos fines que estas líneas de ayudas en el año de la convocatoria.



— Listado de integrantes ordenados alfabéticamente con indicación de su NIF y el
número de colmenas que poseen, así como de los números de registro de las explotaciones apícolas integrantes de dichas entidades asociativas y tipo y clase de
explotación.



— Certificado de la Seguridad Social donde conste el nivel de empleo. Este documento
podrá ser comprobado de oficio por el órgano gestor de la subvención, salvo que
conste expresamente la oposición de la persona interesada en la solicitud de la subvención, en cuyo caso deberá aportarlo.



— Certificado de la secretaría con el visto bueno de la presidencia o, en su caso, de la
persona administradora única, de las solidarias o mancomunadas, del cumplimiento
de la proporcionalidad entre mujeres y hombres en el órgano de administración,
respecto al número de socias y socios que tenga la cooperativa, en el que conste la
composición del mismo y el cargo que ostenta cada persona.



— Memoria descriptiva del curso a realizar, indicando la fecha de inicio, duración, horario y lugar de impartición, número de personas al que se dirige, medidas de conciliación puestas en marcha para favorecer y fomentar la asistencia de apicultoras,
así como presupuesto detallado del coste del mismo, en el caso de que solicite las
ayudas previstas en los. apartados c.1 y c.2 del artículo 5.