Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas. (2023050063)
Orden 15 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023



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El importe máximo a subvencionar no podrá superar 10.000,00 € por curso, que se
destinarán a gastos de organización, material didáctico y profesorado, siendo dos el
número máximo de cursos a realizar anualmente.



En ambos casos, los cursos deberán impartirse con anterioridad al 15 de junio del año
de presentación de la solicitud.

Artículo 6. Inversiones en activos materiales e inmateriales, así como otras acciones destinadas a:
1. Luchar contra los invasores y las enfermedades de las colmenas, en particular la varroosis
Serán subvencionables los tratamientos para luchar contra la varroosis, que, a continuación, se enumeran, pudiendo beneficiarse las siguientes personas:
a) Las personas físicas que se contemplan en el punto 1 del artículo 4 de esta orden cuando se trate de:


a.1) Tratamientos quimioterápicos contra la varroosis exclusivamente, en aquellos casos en los que la legislación obligue a que la distribución del producto sea directamente del laboratorio a la apicultora o apicultor, con productos contra la varroosis
autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos sanitarios.



a.2) Tratamientos contra la varroosis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos sanitarios, que sean compatibles con la apicultura ecológica,
seleccionados y aplicados con base en la correspondiente prescripción veterinaria,
para aquellos apicultores/as que produzcan de acuerdo a las condiciones que establece el Reglamento 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de
mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo.
El uso de productos compatibles con apicultura ecológica por parte de productores y
productoras de apicultura convencional será financiable bajo la medida 2.1.1 del Anexo
1 del Real Decreto 906/2022 de 25 de octubre.
En ambos casos si el/los productos están exentos de prescripción veterinaria, el tratamiento se aplicará conforme a las indicaciones recogidas en la ficha técnica de dicho
producto.
El importe a subvencionar será del 100 % del tratamiento contra varroosis hasta un
coste máximo de 2,5 €/colmena, en los tratamientos referidos en el apartado a.1) y en