Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060810)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, Desarrollo de Proyectos TIC" en el primer semestre del ejercicio 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 53
Viernes 17 de marzo de 2023
16753
a) haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de
uno, de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus
objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión.
b) colocando, para las operaciones no contempladas en los puntos 4 y 5, al menos una
comunicación, al menos un cartel con información del proyecto (de tamaño mínimo
A3), en el que se mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar bien visible
para el público, por ejemplo en la entrada del edificio.
3. E
n operaciones financiadas por el FSE y, en casos pertinentes, en operaciones financiadas por el FEDER o el Fondo de Cohesión, el beneficiario se asegurará de que las partes
que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación.
Cualquier documento relacionado con la ejecución de una operación que se destine al
público o a los participantes, incluidos los certificados de asistencia o de otro tipo, contendrá una declaración en la que se informe de que el programa operativo ha recibido
apoyo del Fondo o de los Fondos.
4. D
urante la ejecución de toda operación de financiación de obras de infraestructura o
construcción que se beneficie de una ayuda del FEDER o del Fondo de Cohesión superior
a 500.000 euros, el beneficiario colocará un cartel temporal de tamaño significativo en
un lugar bien visible para el público.
5. E
l beneficiario colocará, en un lugar bien visible para el público, un cartel o placa permanente de tamaño significativo en un plazo de tres meses a partir de la conclusión de
una operación que reúna las características siguientes:
a) la contribución pública total a la operación supera los 500.000 EUR;
b) la operación consiste en la compra de un objeto físico, en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción.
El cartel o la placa indicarán el nombre y el objetivo principal de la operación. Se prepararán de acuerdo con las características técnicas adoptadas por la Comisión de conformidad
con el artículo 115, apartado 4.
E) Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos de cada operación propuesto
por la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI y garantizar que esos datos se recojan,
registren y almacenen en dicho sistema y que los datos sobre indicadores se desglosen con
arreglo a lo establecido en los anexos I y II del Reglamento FSE.
Viernes 17 de marzo de 2023
16753
a) haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de
uno, de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus
objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión.
b) colocando, para las operaciones no contempladas en los puntos 4 y 5, al menos una
comunicación, al menos un cartel con información del proyecto (de tamaño mínimo
A3), en el que se mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar bien visible
para el público, por ejemplo en la entrada del edificio.
3. E
n operaciones financiadas por el FSE y, en casos pertinentes, en operaciones financiadas por el FEDER o el Fondo de Cohesión, el beneficiario se asegurará de que las partes
que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación.
Cualquier documento relacionado con la ejecución de una operación que se destine al
público o a los participantes, incluidos los certificados de asistencia o de otro tipo, contendrá una declaración en la que se informe de que el programa operativo ha recibido
apoyo del Fondo o de los Fondos.
4. D
urante la ejecución de toda operación de financiación de obras de infraestructura o
construcción que se beneficie de una ayuda del FEDER o del Fondo de Cohesión superior
a 500.000 euros, el beneficiario colocará un cartel temporal de tamaño significativo en
un lugar bien visible para el público.
5. E
l beneficiario colocará, en un lugar bien visible para el público, un cartel o placa permanente de tamaño significativo en un plazo de tres meses a partir de la conclusión de
una operación que reúna las características siguientes:
a) la contribución pública total a la operación supera los 500.000 EUR;
b) la operación consiste en la compra de un objeto físico, en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción.
El cartel o la placa indicarán el nombre y el objetivo principal de la operación. Se prepararán de acuerdo con las características técnicas adoptadas por la Comisión de conformidad
con el artículo 115, apartado 4.
E) Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos de cada operación propuesto
por la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI y garantizar que esos datos se recojan,
registren y almacenen en dicho sistema y que los datos sobre indicadores se desglosen con
arreglo a lo establecido en los anexos I y II del Reglamento FSE.