Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060810)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, Desarrollo de Proyectos TIC" en el primer semestre del ejercicio 2023.
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NÚMERO 53
Viernes 17 de marzo de 2023

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la misma en la que conste el porcentaje máximo que la entidad va a destinar a la ejecución de
la transferencia. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que
supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de la misma.
Séptima. Incumplimiento y reintegro.
1. S
 erán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia a FEVAL-Gestión de
Servicios SLU, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el
reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justifificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por FEVAL-Gestión de Servicios SLU,
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula undécima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) E
 l incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio así como en las instrucciones del Anexo III.
2. E
 l grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se
haya ejecutado o no se haya justificado correctamente conforme al Anexo III. A ese tenor,
se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución
mínima equivalente al 50 % del importe total de la misma, procediendo el reintegro parcial,
de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá el reintegro total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución
mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia.
3. D
 e no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determinen, se acudirá a la vía
ejecutiva.
Octava. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de FEVAL Gestión de Servicios, SLU,
designados por quienes suscriben el presente Convenio.