Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2023060885)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, por el sistema concurso-oposición, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas y por la que se convocan procesos para integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
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NÚMERO 52
Jueves 16 de marzo de 2023



16275

d) No haber sufrido separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o
escala de personal funcionario.



En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, el acceso a la función pública.



e) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente de nombramiento en el mismo cuerpo por el que se opta en cualquiera de los procesos convocados por la Base II.



f) No formar parte del registro de personas que estuvieran inscritas en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, conforme señala el artículo 13.5 de la Ley Orgánica
1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor la Instrucción 1/2016, de
14 de marzo, conjunta de la Secretaría General y de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, sobre aplicación del artículo 13.5 de la
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.

4.1.2. Requisitos para personas que no posean la nacionalidad española.


a) En aplicación del artículo 16.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, o que no se deduzca por
su origen el conocimiento de la lengua castellana, deberán acreditar además de los
requisitos indicados en el apartado 4.1.1, con carácter previo a la realización de las
pruebas de selección, el conocimiento adecuado de la lengua castellana mediante la
realización y superación de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel
adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.



b) Estarán exentas de la realización de esta prueba las personas:



— Cuyo título alegado para ingresar en el cuerpo correspondiente haya sido emitido
por el Estado español.



— Quienes aporten junto con la solicitud alguno de los siguientes títulos o certificados:



• Diploma de Español nivel C2, establecido por el Real Decreto 1137/2002, de
21 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se regulan los diplomas de
español como lengua extranjera y modificado por Real Decreto 264/2008, de
22 de febrero.