Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060833)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de tratamientos físicos de alperujo, cuya promotora es Solasa Lentiscal, SL, en el término municipal de Azuaga.
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NÚMERO 50
Martes 14 de marzo de 2023

15832

Contaminación atmosférica. Control de olores:
8. E
 l titular de la instalación deberá elaborar e implementar en el normal funcionamiento de
su actividad industrial un Plan de Gestión de Olores. Este documento se presentará junto
con la documentación a la que hace referencia el capítulo -g-, para su validación por la
DGS.
El Plan de Gestión de Olores contemplará al menos los siguientes aspectos, que habrán de
desarrollarse de forma completa y suficiente:
— Identificación de las actividades y/o procesos que generan olores desagradables (in­
cluyendo en todo caso los focos considerados en el apartado –c-) y el/los punto(s) de
liberación del olor para cada uno de esos focos identificados (ya sean puntos de liberación intencionados o accidentales).
— Para cada uno de los focos potenciales de generación de olores identificados, las medidas técnicas aplicadas para el confinamiento y/o reducción de esas emisiones de olor.
­— Posibles incidencias de proceso o de control, así como todas aquellas situaciones anormales, que podrían dar lugar a un mayor nivel de exposición a compuestos odo­ríferos.
— La influencia potencial de cada incidencia prevista con respecto al posible impacto de
olor en los receptores sensibles locales.
— Las acciones programadas a fin de mitigar el efecto de la liberación del olor, así como la
identificación de las personas responsables del desarrollo de esas acciones.
En la determinación de las incidencias que puedan tener repercusiones sobre el im­pacto
por olores de la actividad se valorarán las siguientes:
— Incidencias relacionadas con el propio proceso y la generación de olores.
— Incidencias que afecten a la capacidad de reducir el olor de las medidas previstas y técnicas implantadas a tal efecto.
— Incidencias relacionadas con la capacidad de confinar el olor, en aquellos procesos o
actividades en las que no se prevea una liberación de sustancias olorosas.
— Y aquellas incidencias relacionadas con la propia dispersión entre la fuente y los re­
ceptores sensibles.
Para la identificación de las fuentes se utilizará el estudio olfatométrico aportado por el
titular de la instalación en la tramitación del presente procedimiento administrativo.