Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060832)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del IV Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Subus Grupo de Transporte, SL, para su centro de trabajo de Cáceres.
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NÚMERO 50

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Martes 14 de marzo de 2023

UNIFORMIDAD POR PUNTOS PERSONAL DE CONDUCCIÓN E INSPECCIÓN

PRENDAS

N.º

VALOR UNIDAD

VALOR TOTAL

N.º MÍNIMO

N.º MÁXIMO

Camisa de verano

2

10

20

1

4

Camisa de invierno

3

11

33

1

4

Jersey

1

12

12

0

2

Pantalón verano

2

19

38

1

4

Pantalón invierno

2

20

40

1

4

Cazadora desmontable 1

27

27

0

2

Corbata/pañuelo

1

6

6

1

2

Parka

1

15

15

0

2

Máximo puntos por entrega bianual (suma
puntos prendas menos parka)

176

CAPÍTULO VIII
Derechos de la representación colectiva de los trabajadores
Artículo 40. Derechos sindicales.
Quienes ostenten la condición de representante legal de los trabajadores, tendrán derecho a
disponer del crédito de 24 horas mensuales en los meses pares y 32 horas mensuales en los
meses impares para el ejercicio de su misión representativa, siempre que se preavise de su
disfrute con antelación. El tiempo empleado en esta función tendrá la consideración de tiempo
efectivo de trabajo, percibiendo íntegro su salario, pluses y demás emolumentos.
El crédito de horas mencionado se podrá acumular en un período de referencia de un año, sin
que ello pueda significar que ningún miembro del Comité de Empresa quede dispensado de
trabajar más de 5 días al mes.
Los representantes de personal podrán optar por acumular anualmente las horas antes citadas en cualquiera de sus compañeros representantes adscritos a la misma central sindical y
así poder desempeñar su labor sindical con mayor dedicación.