Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Idiomas. (2023050058)
Orden de 6 de marzo de 2023 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 50
Martes 14 de marzo de 2023

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4. Para el mejor desempeño de sus funciones, esta Comisión podrá solicitar los informes que
considere necesarios, en particular de la Dirección General con competencias en materia
de formación del profesorado y de la Dirección General con competencias en materia de
personal docente no universitario.
Artículo 7. Listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
1. U
 na vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Acreditación y
Habilitación elaborará las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, que serán
publicadas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación. Los
listados también podrán consultarse, con carácter meramente informativo y sin efectos
administrativos, en la dirección electrónica:
https://www.educarex.es/evaluacion-educativa/convocatoria_957.html
2. Las listas provisionales indicarán expresamente el idioma para el que se solicita la habilitación o el motivo de la exclusión, en su caso, señalando un plazo de diez días hábiles para
la presentación ante la Secretaría General de Educación de alegaciones y subsanación de
defectos.
3. Con la publicación de las listas provisionales se considerará efectuada la correspondiente
notificación a las personas interesadas, a los efectos que dispone el artículo 45 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 8. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas y resolución.
1. Valoradas y examinadas las alegaciones presentadas, la Comisión de Acreditación y Habilitación elaborará un informe al que se adjuntará la relación definitiva de personas admitidas
y excluidas.
2. A la vista de este informe, la persona titular de la Secretaría General de Educación formulará propuesta de resolución a la persona titular de la Consejería de Educación y Empleo,
que dictará resolución expresa y motivada, con indicación de las personas solicitantes que
han sido acreditadas y habilitadas, en los idiomas que correspondan, así como de las personas excluidas, especificando en este último caso el motivo o motivos de exclusión. Dicha
resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y con ella se entenderán contestadas las alegaciones presentadas a las listas provisionales.
3. El plazo máximo para resolver el procedimiento será de tres meses a contar desde la fecha
de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de