Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060776)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 91,8164 ha en la finca "Cerro Teresa y Majadas Altas", en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres). Expte.: IA22/1508.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023
15421
2. Alternativa 2. Transformación a cultivo de olivar superintensivo en 126,8351 ha.
Según el EsIA, esta alternativa no afectaría a ninguna especie, pero se encuentra muy
próxima a los nudos de avutarda y sisón de la zona norte.
Por otro lado, esta alternativa no supondría la desaparición del hábitat prioritario de
interés comunitario “Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea” (Código UE: 6220*), como sí ocurre en la Alternativa 1.
Cabe resaltar que esta alternativa fue objeto de evaluación de impacto ambiental simplificada por parte del Órgano ambiental, terminando dicho procedimiento mediante la
“Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la
que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto
ambiental ordinaria del proyecto de Implantación de olivar superintensivo y cambio de
sistema de riego sobre 126,8351 ha en la finca Cerro Teresa y Majadas Altas, en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres), cuya promotora es José María Manzanares,
SL. Expte.: IA21/1301”, publicada en el DOE n.º 210, de 2 de noviembre de 2022. En
dicha Resolución se estableció que el citado proyecto causaría previsiblemente efectos
significativos sobre el medio ambiente, en particular sobre la Red Natura 2000, los hábitats naturales y su fauna asociada, el sistema hidrológico y calidad de las aguas, así
como al patrimonio arqueológico y las vías pecuarias, y que las medidas previstas por
la promotora no eran una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada
compensación.
3. Alternativa 3. Transformación a cultivo de olivar superintensivo en 91,8164 ha.
Según el EsIA, esta alternativa no afectaría a ninguna especie, ya que los nudos de avutarda y sisón quedan totalmente fuera de la implantación y a una distancia considerable
de los mismos, a diferencia de como ocurría en la Alternativa 2.
Por otro lado, esta alternativa no supondría la desaparición del hábitat prioritario de
interés comunitario “Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea” (Código UE: 6220*), como sí ocurre en la Alternativa 1.
Por último, el EsIA incorpora un apartado justificando la alternativa seleccionada, aportando un análisis de fragilidad ambiental de cada una de las anteriores alternativas,
concluyéndose que la alternativa seleccionada es la Alternativa 3, ya que es la que menor afección producirá sobre los distintos factores ambientales (formaciones vegetales
y hábitats de interés comunitario, áreas protegidas y fauna, pendiente del terreno y
paisaje), no produciéndose ninguna afección sobre la avifauna esteparia ni sobre ningún hábitat de interés prioritario.
Lunes 13 de marzo de 2023
15421
2. Alternativa 2. Transformación a cultivo de olivar superintensivo en 126,8351 ha.
Según el EsIA, esta alternativa no afectaría a ninguna especie, pero se encuentra muy
próxima a los nudos de avutarda y sisón de la zona norte.
Por otro lado, esta alternativa no supondría la desaparición del hábitat prioritario de
interés comunitario “Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea” (Código UE: 6220*), como sí ocurre en la Alternativa 1.
Cabe resaltar que esta alternativa fue objeto de evaluación de impacto ambiental simplificada por parte del Órgano ambiental, terminando dicho procedimiento mediante la
“Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la
que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto
ambiental ordinaria del proyecto de Implantación de olivar superintensivo y cambio de
sistema de riego sobre 126,8351 ha en la finca Cerro Teresa y Majadas Altas, en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres), cuya promotora es José María Manzanares,
SL. Expte.: IA21/1301”, publicada en el DOE n.º 210, de 2 de noviembre de 2022. En
dicha Resolución se estableció que el citado proyecto causaría previsiblemente efectos
significativos sobre el medio ambiente, en particular sobre la Red Natura 2000, los hábitats naturales y su fauna asociada, el sistema hidrológico y calidad de las aguas, así
como al patrimonio arqueológico y las vías pecuarias, y que las medidas previstas por
la promotora no eran una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada
compensación.
3. Alternativa 3. Transformación a cultivo de olivar superintensivo en 91,8164 ha.
Según el EsIA, esta alternativa no afectaría a ninguna especie, ya que los nudos de avutarda y sisón quedan totalmente fuera de la implantación y a una distancia considerable
de los mismos, a diferencia de como ocurría en la Alternativa 2.
Por otro lado, esta alternativa no supondría la desaparición del hábitat prioritario de
interés comunitario “Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea” (Código UE: 6220*), como sí ocurre en la Alternativa 1.
Por último, el EsIA incorpora un apartado justificando la alternativa seleccionada, aportando un análisis de fragilidad ambiental de cada una de las anteriores alternativas,
concluyéndose que la alternativa seleccionada es la Alternativa 3, ya que es la que menor afección producirá sobre los distintos factores ambientales (formaciones vegetales
y hábitats de interés comunitario, áreas protegidas y fauna, pendiente del terreno y
paisaje), no produciéndose ninguna afección sobre la avifauna esteparia ni sobre ningún hábitat de interés prioritario.