Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060776)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de implantación de olivar superintensivo y cambio de sistema de riego sobre 91,8164 ha en la finca "Cerro Teresa y Majadas Altas", en el término municipal de Campo Lugar (Cáceres). Expte.: IA22/1508.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023
15416
Tanto las Directivas europeas, como su transposición al ordenamiento jurídico español,
son claras en cuanto a los condicionantes para que una administración pueda evaluar
positivamente y autorizar un proyecto que cause afecciones significativas sobre Red Natura 2000. La posible afección a Red Natura 2000 de un proyecto que no sea necesario
para la correcta gestión de dichos espacios, requiere aplicar una serie de requisitos para
su correcta evaluación, que deben ser exigidos y respetados por el órgano sustantivo,
de manera que pueda autorizar el citado proyecto cuando tenga plena seguridad de que
no causará perjuicio a la integridad del espacio Red Natura 2000.
La evaluación de repercusiones sobre Red Natura 2000 debe centrarse sobre los objetivos de conservación de los espacios afectados. Una adecuada evaluación de las
repercusiones sobre el espacio implica que, antes de la aprobación del proyecto, es
preciso identificar, a la luz de los mejores conocimientos científicos en la materia, todos
los aspectos del proyecto que por sí solos o en combinación con otros planes o proyectos, puedan afectar a los objetivos de conservación del espacio. Ello exige contar con
información o datos fiables y actualizados relativos a la fauna y los hábitats protegidos
previamente a la autorización. Esta información tendrá que ser de mucho detalle, incluyendo la descripción de su localización y lugares de alimentación, campeo, cría, etc.
para cada una de las especies.
En este caso, la promotora no realiza un verdadero estudio de afección a Red Natura
2000 acorde con todo lo expuesto anteriormente, en particular en lo relativo a la afección a los entornos agroesteparios de los que dependen las poblaciones de especies
clave de esta ZEPA, como sisón común (Tetrax tetrax) o avutarda euroasiática (Otis
tarda), cuyas poblaciones en la ZEPA “Llanos de Zorita y Embalse de Sierra Brava” son
consideradas clave en los objetivos de conservación de dicho espacio y se encuentran
en un estado de conservación desfavorable.
N
o se puede aceptar, por tanto, que este proyecto no suponga un perjuicio a la integridad
de la Red Natura 2000, en particular su afección sobre especies clave de este espacio.
Por todo lo anterior, SEO/BirdLife solicita:
1. Q
ue el órgano ambiental emita una declaración de impacto ambiental desfavorable
sobre el proyecto de referencia, por los siguientes motivos:
1.1. I mpacto crítico sobre zonas de gran valor para las poblaciones de sisón común (Tetrax tetrax) y avutarda euroasiática (Otis tarda), ambas en un estado
de conservación desfavorable, y catalogadas como “En Peligro de Extinción” y
“Sensible a la Alteración de su Hábitat”, respectivamente.
Lunes 13 de marzo de 2023
15416
Tanto las Directivas europeas, como su transposición al ordenamiento jurídico español,
son claras en cuanto a los condicionantes para que una administración pueda evaluar
positivamente y autorizar un proyecto que cause afecciones significativas sobre Red Natura 2000. La posible afección a Red Natura 2000 de un proyecto que no sea necesario
para la correcta gestión de dichos espacios, requiere aplicar una serie de requisitos para
su correcta evaluación, que deben ser exigidos y respetados por el órgano sustantivo,
de manera que pueda autorizar el citado proyecto cuando tenga plena seguridad de que
no causará perjuicio a la integridad del espacio Red Natura 2000.
La evaluación de repercusiones sobre Red Natura 2000 debe centrarse sobre los objetivos de conservación de los espacios afectados. Una adecuada evaluación de las
repercusiones sobre el espacio implica que, antes de la aprobación del proyecto, es
preciso identificar, a la luz de los mejores conocimientos científicos en la materia, todos
los aspectos del proyecto que por sí solos o en combinación con otros planes o proyectos, puedan afectar a los objetivos de conservación del espacio. Ello exige contar con
información o datos fiables y actualizados relativos a la fauna y los hábitats protegidos
previamente a la autorización. Esta información tendrá que ser de mucho detalle, incluyendo la descripción de su localización y lugares de alimentación, campeo, cría, etc.
para cada una de las especies.
En este caso, la promotora no realiza un verdadero estudio de afección a Red Natura
2000 acorde con todo lo expuesto anteriormente, en particular en lo relativo a la afección a los entornos agroesteparios de los que dependen las poblaciones de especies
clave de esta ZEPA, como sisón común (Tetrax tetrax) o avutarda euroasiática (Otis
tarda), cuyas poblaciones en la ZEPA “Llanos de Zorita y Embalse de Sierra Brava” son
consideradas clave en los objetivos de conservación de dicho espacio y se encuentran
en un estado de conservación desfavorable.
N
o se puede aceptar, por tanto, que este proyecto no suponga un perjuicio a la integridad
de la Red Natura 2000, en particular su afección sobre especies clave de este espacio.
Por todo lo anterior, SEO/BirdLife solicita:
1. Q
ue el órgano ambiental emita una declaración de impacto ambiental desfavorable
sobre el proyecto de referencia, por los siguientes motivos:
1.1. I mpacto crítico sobre zonas de gran valor para las poblaciones de sisón común (Tetrax tetrax) y avutarda euroasiática (Otis tarda), ambas en un estado
de conservación desfavorable, y catalogadas como “En Peligro de Extinción” y
“Sensible a la Alteración de su Hábitat”, respectivamente.