Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060668)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Diputación de Badajoz para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 49

15279

Lunes 13 de marzo de 2023

□ Asistencia y Fortalecimiento Institucional.
□ Educación y Formación.
□ Fomento del Empleo.
□ Igualdad.
□ Participación territorial/Desarrollo rural.
□ Promoción educativa.
□ Promoción y fomento del empleo.
Con idéntico compromiso, el presente Convenio se vincula directamente a la Agenda 2030 de
la ONU, específicamente con el Objetivo de Desarrollo Sostenible n.º 4 Educación de Calidad,
y más concretamente con sus Metas 4.3 “De aquí a 2030, asegurar el acceso igualitario de
todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad,
incluida la enseñanza universitaria” y 4.4 “De aquí a 2030, aumentar considerablemente el
número de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias, en particular técnicas y
profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento”, en la medida
que persigue apoyar las actividades de desarrollo de la formación del alumnado, así como el
ODS 17, dirigido a fortalecer los medios de implementación y revitalizar la Alianza Mundial
para el Desarrollo Sostenible, y Alianzas para lograr los otros 16 Objetivos.
Por todo lo expuesto, y con el objeto de alcanzar los objetivos anteriormente mencionados,
ambas partes,
ACUERDAN:
1. S
 uscribir el presente Convenio para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional
Dual y la formación en centros de trabajo del sistema educativo en Extremadura.
2. I ncorporar al presente Convenio, a lo largo del periodo de vigencia, las relaciones nominales de alumnos y alumnas acogidos al mismo, el programa de formación (Anexo III.a y III.b
para la Formación Profesional Dual y Anexo II para la formación en centros de trabajo) que
podrá ser modificado y adaptado en función de las necesidades del desarrollo del mismo, y
los documentos necesarios que faciliten su seguimiento y evaluación.
3. Formalizar el presente Convenio con las siguientes,