Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe. Subvenciones. (2023040018)
Decreto 171/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023

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que se tramiten conforme a este decreto, excepto la resolución de concesión de ayuda, que
se realizará por comparecencia en la sede electrónica, se publicarán mediante anuncio en
el Diario Oficial de Extremadura en el que se indicarán la relación de interesados afectados
y los actos de que se trate.
4. E
 n las ayudas sometidas al régimen de mínimis, se informará al beneficiario que el 100%
de la subvención concedida ostenta el carácter de ayudas de mínimis, encontrándose acogida al Reglamento UE 1407/2013
Sexto. Comisión de Valoración.
1. P
 ara la evaluación de las solicitudes, se constituye la Comisión de Valoración, que estará
integrada por los siguientes miembros, nombrados por el titular de la Dirección General de
Sostenibilidad:
a) Presidente/a: Luis Enrique Delgado Valiente, Jefe de Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas.
b) Secretario/a: Carmen Martín López, Directora Técnica del Parque Nacional de Monfragüe.
c) Vocal: Alfredo Anega Morales, Coordinador de Espacios Naturales Protegidos.
d) Casto Iglesias Duarte, Jefe de Negociado de Información y A. Pública del PN de Monfragüe.
Esta comisión podrá contar durante el proceso de selección con la asistencia de asesores
técnicos o expertos, externos e independientes, con conocimientos y experiencia profesional acreditada. Cualquier participante en dicha comisión deberá abstenerse en los casos
en que mantenga algún tipo de vínculo con el solicitante o designada para la ejecución de
una actividad concreta.
2. L
 a Comisión de Valoración ajustará su funcionamiento a lo establecido en el artículo 15 del
presente decreto.
Séptimo. Criterios objetivos para el otorgamiento de la subvención.
Las solicitudes que reúnan todos los requisitos serán sometidas a una fase de evaluación en
la que cada uno de los proyectos subvencionables será puntuado conforme a los criterios objetivos de valoración establecidos en el artículo 14 del presente decreto.
Octavo. Financiación.
La cuantía total de las subvenciones es de 3.830.097,09 €.