Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060775)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Actuaciones forestales en una superficie de 184,71 ha en la finca La Junta de los Arroyos", en el término municipal de Hornachos (Badajoz). Expte.: IA20/1546.
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

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compatibles y necesarias para la recuperación de las formaciones autóctonas (alcornocales). El planteamiento general del proyecto, parece correcto desde el punto de vista
ambiental, teniendo en cuenta el escaso valor ambiental de las formaciones de eucaliptos, la pendiente del terreno y la gran potencialidad de los alcornoques en las umbrías
y arroyos (donde abundan los pies y el regenerado). No se observan inconvenientes
desde el punto de vista ambiental para el destoconado general de los eucaliptos (mediante retroexcavadora con cizalla), procediendo posteriormente al desbroce de matorral serial, laboreo y siembra de cereales para frenar la erosión y controlar el matorral.
Desde el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal se indica que el eucaliptar presente
cuenta con una densidad de entre 400 - 500 cepas/ha. Cada cepa cuenta con 5 – 8 rebrotes de diámetro medio de entre 5 – 10 cm. Existe presencia de regenerado de encina y
alcornoque además de matorral compuesto principalmente por jara, ahulaga, cantueso y
en menor proporción brezos, acebuches o lentiscos. La zona se ubica en la confluencia de
varios arroyos que presentan una rica biodiversidad, con torvisco, lentisco, taray, romero,
tamujo, acebuche, brezo, adelfas, olivilla y deferentes especies de jara, además de una
arboleda formada por fresnos, encinas y alcornoques. Continúa el informe indicando que
el objeto del proyecto es el de configurar un sistema agroforestal (dehesa), estos sistemas
compatibilizan la componente agrícola, ganadera y forestal. De hecho, la Ley Agraria de
Extremadura define los terrenos agroforestales como aquellos en los que convive un estrato
forestal arbóreo con cultivos agrícolas y ganadería, pudiendo clasificarse como superficies
agrosilvícolas, donde conviven árboles y/o arbustos forestales con cultivos agrícolas, superficies silvopastorales, donde árboles y/o arbustos forestales conviven con pastizales o praderas de vocación ganadera o superificies agrosilvopastoarales donde conviven permanente
o alterna todos los anteriores. Así la permanencia y desarrollo del regenerado existente y
las características orográficas de las parcelas y su entorno, les dotan de un carácter forestal
que se considera que debe mantenerse y por ello, informan desde ese Servicio de Ordenación y Gestión Forestal negativamente el cambio de uso a agrícola. Continúa indicando que
consideran que las actividades proyectadas permiten mantener el carácter forestal (o de
la componente forestal) del terreno, no pronunciándose respecto al uso SIGPAC que se le
deba atribuir, si bien deberá ser uno que posibilite el mantenimiento del carácter agrosilvopastoral, y por tanto forestal. La base de datos SIGPAC se establece como referencia para
la identificación de las parcelas agrícolas en el marco de la Política Agraria Común, existen
amplias superficie de dehesas que tienen diferentes usos atribuidos en SIGPAC (FO, PS,
PR, PA, TA), aunque también es cierto que en los usos descritos como pastos (PS, PR, PA),
parece salvaguardarse y entenderse mejor las características inherentes a los terrenos y
usos forestales, por todo lo anterior, informan favorablemente la corta y destoconado de los
eucaliptos, siempre que se tengan en cuenta las medidas contenidas en el EsIA y otras que
se incluyen en el condicionado de la presente declaración de impacto ambiental.