Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060660)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Transfronteriza de la Comunidad de Trabajo de la Eurorregión Alentejo - Centro - Extremadura (EUROACE).
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
14794
c) Comité de Coordinación.
d) Comisiones Sectoriales y Grupos de Trabajo.
e) S
ecretariado.
2. L
as funciones del Secretariado de la Comunidad de Trabajo de la EUROACE están aseguradas por el Gabinete de Iniciativas Transfronterizas (GIT), organismo ya existente y en
funcionamiento.
3. L
os órganos de la Comunidad de Trabajo de la EUROACE adoptan sus acuerdos con estricto
respeto a los criterios de consenso y paridad, en los términos del apartado g) del artículo
10 n.º 6 del Tratado de Valencia.
4. L
a sede de las reuniones de la Comunidad de Trabajo de la EUORACE será determinada, en
cada caso, por la Instancia o Entidad Territorial que ostente la Presidencia.
Artículo 7. La Presidencia y las Vicepresidencias.
1. L
a Presidencia de la EUROACE se ejercerá por periodos de dos años, sucesivamente por
cada una de las regiones.
2. L
as Vicepresidencias corresponden a los representantes de las Entidades o Instancias territoriales firmantes que no ejerzan la Presidencia.
3. E
n situaciones de ausencia, el Presidente será sustituido por uno de los Vicepresidentes.
4. E
l traspaso de la Presidencia tendrá lugar en reunión del Consejo Plenario, en la cual, el
Presidente cesante presentará para debate y aprobación, en su caso, un Informe general
sobre las actividades desarrolladas por la Comunidad de Trabajo de la EUROACE durante
su mandato.
Artículo 8. Funciones de la Presidencia y las Vicepresidencias.
La Presidencia, en colaboración con las Vicepresidencias, tiene las siguientes atribuciones:
a) Representar a la Comunidad de Trabajo de la EUROACE.
b) Dirigir las actividades de la Comunidad de Trabajo de la EUROACE.
c) Convocar las reuniones del Consejo Plenario y fijar las respectivas agendas, a propuesta
del Comité de Coordinación.
d) Presidir y dirigir Las reuniones de Consejo Plenario así como ratificar sus decisiones,
recomendaciones y acuerdos.
Viernes 10 de marzo de 2023
14794
c) Comité de Coordinación.
d) Comisiones Sectoriales y Grupos de Trabajo.
e) S
ecretariado.
2. L
as funciones del Secretariado de la Comunidad de Trabajo de la EUROACE están aseguradas por el Gabinete de Iniciativas Transfronterizas (GIT), organismo ya existente y en
funcionamiento.
3. L
os órganos de la Comunidad de Trabajo de la EUROACE adoptan sus acuerdos con estricto
respeto a los criterios de consenso y paridad, en los términos del apartado g) del artículo
10 n.º 6 del Tratado de Valencia.
4. L
a sede de las reuniones de la Comunidad de Trabajo de la EUORACE será determinada, en
cada caso, por la Instancia o Entidad Territorial que ostente la Presidencia.
Artículo 7. La Presidencia y las Vicepresidencias.
1. L
a Presidencia de la EUROACE se ejercerá por periodos de dos años, sucesivamente por
cada una de las regiones.
2. L
as Vicepresidencias corresponden a los representantes de las Entidades o Instancias territoriales firmantes que no ejerzan la Presidencia.
3. E
n situaciones de ausencia, el Presidente será sustituido por uno de los Vicepresidentes.
4. E
l traspaso de la Presidencia tendrá lugar en reunión del Consejo Plenario, en la cual, el
Presidente cesante presentará para debate y aprobación, en su caso, un Informe general
sobre las actividades desarrolladas por la Comunidad de Trabajo de la EUROACE durante
su mandato.
Artículo 8. Funciones de la Presidencia y las Vicepresidencias.
La Presidencia, en colaboración con las Vicepresidencias, tiene las siguientes atribuciones:
a) Representar a la Comunidad de Trabajo de la EUROACE.
b) Dirigir las actividades de la Comunidad de Trabajo de la EUROACE.
c) Convocar las reuniones del Consejo Plenario y fijar las respectivas agendas, a propuesta
del Comité de Coordinación.
d) Presidir y dirigir Las reuniones de Consejo Plenario así como ratificar sus decisiones,
recomendaciones y acuerdos.