Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060660)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Transfronteriza de la Comunidad de Trabajo de la Eurorregión Alentejo - Centro - Extremadura (EUROACE).
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
14792
b) Concebir estrategias transfronterizas de desarrollo territorial, coordinar su aplicación y
asegurar su seguimiento.
c) Ordenar y asegurar la coherencia de las diferentes dinámicas de cooperación en la frontera entre las tres regiones.
d) Impulsar y coordinar iniciativas y propuestas de acción para la cooperación e intercambio entre las tres entidades firmantes.
e) P
romover el diálogo y la cooperación entre entidades públicas y privadas de las tres regiones, para contribuir a la integración económica y social, a la generación de ventajas
competitivas en común, así como al desarrollo de los respectivos territorios fronterizos.
f) Fomentar el desarrollo sostenible basado en una economía verde y circular, que promueva el medio ambiente, preserve y fomente la biodiversidad y los bosques, el buen
estado de conservación de las especies y el buen funcionamiento de los ecosistemas,
promoviendo el combate a la desertificación y al cambio climático, la transición a las
energías renovables y el aumento de la eficiencia energética, en el ámbito del Pacto
Verde Europeo;
g) Impulsar activamente la equidad territorial y la cohesión social, luchando contra la despoblación del territorio.
h) R
eforzar la competitividad internacional de la EUROACE contribuyendo a su posicionamiento a nivel europeo e internacional.
i) Impulsar proyectos, planes y propuestas que puedan beneficiarse de financiación pública
o privada de carácter nacional y europeo, especialmente a través de los programas de
cooperación transfronteriza o territorial.
j) Ejecutar las tareas previstas para las Comunidades de Trabajo en el marco de los instrumentos aceptados por los Estados Español y Portugués.
Artículo 4. Ámbitos de cooperación.
Los ámbitos de cooperación en los que se centrará la acción de la Comunidad de Trabajo de la
EUROACE en el marco de las competencias que los respectivos derechos internos determinen
como propios para cada una de las Instancias y Entidades territoriales firmantes serán:
a) Economía del conocimiento para la consecución de un crecimiento inteligente a través
de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en todos los sectores, fomentando la conversión digital y la inteligencia artificial.
Viernes 10 de marzo de 2023
14792
b) Concebir estrategias transfronterizas de desarrollo territorial, coordinar su aplicación y
asegurar su seguimiento.
c) Ordenar y asegurar la coherencia de las diferentes dinámicas de cooperación en la frontera entre las tres regiones.
d) Impulsar y coordinar iniciativas y propuestas de acción para la cooperación e intercambio entre las tres entidades firmantes.
e) P
romover el diálogo y la cooperación entre entidades públicas y privadas de las tres regiones, para contribuir a la integración económica y social, a la generación de ventajas
competitivas en común, así como al desarrollo de los respectivos territorios fronterizos.
f) Fomentar el desarrollo sostenible basado en una economía verde y circular, que promueva el medio ambiente, preserve y fomente la biodiversidad y los bosques, el buen
estado de conservación de las especies y el buen funcionamiento de los ecosistemas,
promoviendo el combate a la desertificación y al cambio climático, la transición a las
energías renovables y el aumento de la eficiencia energética, en el ámbito del Pacto
Verde Europeo;
g) Impulsar activamente la equidad territorial y la cohesión social, luchando contra la despoblación del territorio.
h) R
eforzar la competitividad internacional de la EUROACE contribuyendo a su posicionamiento a nivel europeo e internacional.
i) Impulsar proyectos, planes y propuestas que puedan beneficiarse de financiación pública
o privada de carácter nacional y europeo, especialmente a través de los programas de
cooperación transfronteriza o territorial.
j) Ejecutar las tareas previstas para las Comunidades de Trabajo en el marco de los instrumentos aceptados por los Estados Español y Portugués.
Artículo 4. Ámbitos de cooperación.
Los ámbitos de cooperación en los que se centrará la acción de la Comunidad de Trabajo de la
EUROACE en el marco de las competencias que los respectivos derechos internos determinen
como propios para cada una de las Instancias y Entidades territoriales firmantes serán:
a) Economía del conocimiento para la consecución de un crecimiento inteligente a través
de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en todos los sectores, fomentando la conversión digital y la inteligencia artificial.