Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060778)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Badajoz".
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

14867

Relación de personal, especificando: Nombre y apellidos, número de afiliación a la
Seguridad Social, número de teléfono en el caso de que haya sido facilitado voluntariamente por el trabajador, antigüedad, categoría profesional, jornada, horario, modalidad
de contratación y fecha del disfrute de sus vacaciones. Si el trabajador/a es representante legal de los trabajadores, se especificará el período de mandato del mismo.
Fotocopia compulsada de los contratos de trabajo del personal afectado por la
subrogación.
Original y fotocopia compulsada de los títulos habilitantes para el desempeño de su
puesto laboral.
Copia de documentos debidamente diligenciados por cada trabajador/a afectado, en los
que se haga constar que éste ha recibido de la empresa cesante su liquidación de partes
proporcionales, no quedando pendiente cantidad alguna.
Estos documentos deberán estar en poder de la nueva adjudicataria de forma fehaciente, en el plazo de 30 días hábiles contados desde que la empresa adjudicataria se lo
requiera fehacientemente a la empresa cesionaria, o desde el momento que se emitan
o se debieran haber emitido.
No harán falta las compulsas, si la empresa adjudicataria acepta expresamente la validez de las copias debidamente selladas y firmadas por la empresa saliente. A tal efecto,
la empresa adjudicataria designará a una persona encargada de la verificación de originales y copias. Si la empresa adjudicataria, posteriormente, reclamara la aportación de
las copias compulsadas, la empresa saliente, dispondrá, a partir de la reclamación de
la empresa adjudicataria efectuada dentro del plazo establecido dispondrá de 15 días
hábiles para su presentación.
Con igual sentido de simplificación del proceso y con los mismos requisitos de aceptación y comprobación, la entrega de los recibos salariales podrá ser sustituidos por la
entrega de listados de los mismos periodos a acreditar en los que figuren los mismos
datos de la nómina.
Artículo 35.º. Formación.
La formación continua en CAP (Certificado de Aptitud Profesional) de 35 horas y de renovación
de ADR se realizará dentro de la Formación Bonificada a cargo de la empresa según lo establecido en el artículo 64 del II Acuerdo General, o norma que lo sustituya.