Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060778)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

14859

Las multas impuestas a consecuencia de infracciones a la Legislación de Transportes serán
abonadas por la empresa, salvo en el caso de que se deban al incumplimiento expreso del
trabajador de las órdenes directas de la empresa, en este caso serán responsabilidad del trabajador y abonadas por el mismo al ser responsable de dicho incumplimiento.
Las sanciones impuestas a consecuencia de infracciones a la Legislación de Tráfico, imputables al trabajador, serán abonadas por este.
Artículo 32.º. Comisión paritaria.
Se crea una comisión paritaria como órgano interpretativo y consultivo para la interpretación
del convenio, así como el arbitraje de las cuestiones o problemas sometidos a la interpretación de las partes, para que dicha comisión emita dictamen la compondrán cuatro miembros
en representación de los empresarios y cuatro en representación de los trabajadores.
Cada parte podrá designar asesores permanentes y ocasionales. Así mismo la Comisión podrá acordar la designación de uno o más árbitros externos para la solución de un conflicto
determinado.
Funciones:
Además de las funciones de vigilancia e interpretación, la Comisión paritaria deberá mediar,
conciliar o arbitrar conociendo y dando solución a cuantas cuestiones y conflictos individuales
y colectivos les sean sometidos por parte.
Procedimiento de los cuestiones y conflictos: serán planteados a la Comisión Paritaria o a través de las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del presente Convenio.
En los conflictos colectivos el intento de solución de las divergencias laborales a través de la
Comisión Paritaria, tendrán carácter preferente sobre cualquier procedimiento, constituyendo
trámite preceptivo previo o inexcusable para el acceso a la vía jurisdiccional en los conflictos
que surjan directa o indirectamente con ocasión de la interpretación o aplicación del Convenio
Colectivo.
La propia comisión establecerá un reglamento de actuaciones en el cual se decidirán los trámites y formas del proceso (iniciación, información, audiencia, etc.)
Los plazos de resolución del expediente deberán ser breves (10 días para asuntos ordinarios,
y de 72 horas para asuntos extraordinarios).
Esta Comisión Paritaria fija su domicilio social en la sede de AGT Extremadura, actualmente
en el Centro Regional de Transportes de Mérida Carretera Mérida- Montijo Ex209, Km.60,
apartado de correos 166, C.P06800 de Mérida.